Mi columna de esta semana en Invertia se titula «¿Podría España prohibir las redes sociales que basan su modelo de negocio en espiar a los ciudadanos?» (pdf), y trata sobre una pregunta que aparece cada vez con más frecuencia en el debate público, pero que casi siempre se formula mal: no si España puede castigar a determinados directivos de compañías tecnológicas o prohibir plataformas concretas por la vía rápida, sino qué margen real existe, dentro del marco europeo, para declarar inaceptables ciertos modelos de negocio basados en la vigilancia sistemática de los ciudadanos.
En el artículo parto de un punto clave que suele ignorarse en los debates más grandilocuentes: la Unión Europea ya ha dejado claro, tanto a través del Reglamento General de ...
