Derecho al olvido: se impone la lógica

Neuralyzer (Men in Black)En la foto, el Neuralyzer de la película «Men in black«: bastaba una pulsación en ese aparato para que el flash que surgía del mismo borrase los recuerdos de cualquiera que lo estuviese mirando en ese momento. Así de fácil, así de rápido. Pero desafortunadamente para los intereses de algunos, pura ciencia-ficción.

El Tribunal de Justicia de la UE da la razón a Google en el caso del llamado «derecho al olvido«: los derechos de cancelación y bloqueo de datos no otorgan al interesado el derecho de dirigirse a un proveedor de servicios de indexación para impedir que sea indexada información que le afecta personalmente y que haya sido publicada legalmente en páginas web de terceros, invocando su deseo de que los usuarios de Internet no conozcan tal información si considera que le resulta perjudicial o desea que sea condenada al olvido.

La conclusión, sobre la que ya escribí hace más de un año, resulta absolutamente lógica: de la misma manera que nada ni nadie puede hacer que se recorran las hemerotecas de todo el mundo arrancando páginas de los periódicos antiguos, nada ni nadie debe poder «obligar al olvido». El olvido se producirá cuando deba producirse, no cuando alguien reclame que se produzca. No, nadie tiene el «derecho» de escoger donde sale y donde no: cuando haces determinadas cosas, sales en determinados sitios, exactamente igual que hacer según qué cosas puede llevarte a salir en los periódicos, y nada ni nadie te va a eliminar después de ellos.

Menos aún, por supuesto, podrás ir a exigir la eliminación a alguien que se dedica no a publicar, sino simplemente a indexar la información de la web. En el hipotético y muy regulado caso de que la información, por requerimiento legal, debiese ser eliminada, debería serlo de la fuente, no de los resultados del buscador. Pretender convertir un buscador en un conjunto de reglas definidas por todo aquel que «quiera salir más guapo», en plan «esta foto no la indexes, que me pilló por mi lado malo» es un ejercicio típico de quienes son incapaces de entender el funcionamiento de la red y las consecuencias que podría eventualmente llegar a tener una decisión así. Si quieres que una foto o cualquier otra cosa sea eliminada de la red, vete a protestar al que la publicó, pero no a aquel que simplemente la indexa.

La decisión del Tribunal de Justicia europeo, no vinculante pero sí habitualmente seguido por los jueces, pone coto a un montón de sinsentidos que  habíamos tenido que escuchar en los últimos tiempos sobre lo que algunos erróneamente pretenden que sea la intimidad y la privacidad, y que no tiene nada que ver con borrar la memoria colectiva, ni con entrar en una espiral absurda e incontrolable de censura a los buscadores. Hablamos de cosas muy diferentes, y enormemente peligrosas. Que dejen tranquilo ese supuesto «derecho al olvido» que nunca existió, ni existirá, ni debería existir: por duro que pueda ser o parecer en determinadas casuísticas, hablamos de una propiedad de la información, no de una posibilidad que pueda o deba ser dejada al arbitrio o a la voluntad del interesado. La mejor forma de entender determinados problemas es retirar de ellos la complejidad del nuevo medio y compararlos con como funcionarían antes de que ese entorno tecnológico hubiese cambiado. Ni olvidábamos con el Neuralyzer, ni olvidaremos porque alguien pretenda obligar a un buscador a borrar selectivamente las partes de su índice que desee. Tan sencillo como entender cómo funciona un buscador.

28 comentarios

  • #001
    Joan - 25 junio 2013 - 20:26

    Le recomendación del Tribunal de Justicia es del todo lógica, y tu razonamiento consiguiente irrebatible.

    Pero la realidad siempre es tan compleja que no se deja nunca reducir por marcos teóricos, por impecables que sean. Hay casos en que el «derecho al olvido» tiene todo su razonable sentido. Alguien que hace 20 años estuvo en prisión y aparece la noticia del suceso en primer lugar en google al buscar su nombre, sufre un gravísimo perjuicio a nivel personal y laboral. Claro que estuvo en prisión por algo que hizo, pero ya lo pagó, ¿debe seguir pagándolo toda su vida? Completamente de acuerdo en que eso nada tiene que ver con google.

  • #002
    non-native speaker - 25 junio 2013 - 21:41

    No es la decisión del Tribunal de Justicia, es la opinión del Abogado General. El Tribunal generalmente dicta sentencia en el mismo sentido, pero son cosas diferentes.

  • #003
    Victor - 25 junio 2013 - 22:04

    #1 La mayoría de los casos no son tan «dramáticos». Por ejemplo, yo tuve un asuntillo con un pavo que salía en google por un tema de deshaucio por no pagar el alquiler. ¿Por qué salía en google? Porque como no se dignó en acudir al juzgado, se le juzgó en rebeldía y la sentencia se publicó en boletín oficial. Si hubiera ido al juicio, nadie se hubiera enterado luego. Ahhhh, se siente.

  • #004
    Observador - 25 junio 2013 - 22:13

    #001 Si a Google realmente le interesara un mínimo pimiento ese tipo de cosas, habría añadido un departamento al efecto, pero como ni le interesa ni tampoco tiene por qué hacerlo, he ahí la cuestión. Este tema no es nuevo en el «nuevo modelo» -valga la redundancia-; ya lo han usado muchos agregadores y contenedores, de hecho era la argumentación jurídica favorita de Kim Dotcom «yo solo pongo la web y me lavo las manos», que es parecido a «yo solo tomo indexación de otras webs y me lavo las manos». Con eso no quiero decir que lo Megaupload fuera igual que Google, sino que al final está el lavado de manos a lo más Poncio Pilatos, lo cual es una más que evidente laguna jurídica. De todas formas, es cierto que, a diferencia de los contenedores, Google no añade/aloja esa información directamente, por lo que el usuario vulnerado debería ir contra ese alojamiento concreto.

    Por favor, Dans, abstente de hablar de ciencia ficción, que desde que te preguntaste para que queríamos escritores de ciencia-ficción ya han fallecido tres. El último ayer mismo.

    Ahora entiendo por qué va la economía como va…

  • #005
    David González Calleja - 25 junio 2013 - 22:36

    Hola, Enrique, creo que es conveniente hacer algunas puntualizaciones a tu post.

    En primer lugar el TJUE no ha decidido nada: lo que hemos conocido hoy es la opinión del Abogado General. Habitualmente el Tribunal sigue las opiniones del Abogado General, pero no siempre, y no siempre en su totalidad. Por tanto, habrá que esperar unos meses para poder conocer el pronunciamiento y las consecuencias de este.

    En segundo lugar creo que decir (aunque habláramos de una hipotética sentencia en el mismo sentido) que se «da la razón» a Google está bastante alejado de la realidad. Lo más trascendente, en mi opinión, en este asunto, es que Google siempre ha pretendido no estar sometido a la normativa europea sobre Protección de Datos. El Abogado General considera, por contra, que debe aplicársele la normativa europea, lo cual es un serio contratiempo para Google. Además le considera responsable del tratamiento de datos en determinados supuestos, como cuando el editor de la web desindexa o cuando la información ya no está disponible. En ambos casos a menudo Google sigue entregando resultados que afectan a dataos personales.

    Por último, aunque no era la intención de mi comentario, dado que pretendía centrarme en aspectos jurídicos del asunto, permíteme que oponga un par de cosas a tus argumentaciones:

    Se puede estar de acuerdo o no en si un buscador debe eliminar resultados o no, pero la comparación con las «hemerotecas de todo el mundo» no me parece, con todos los respetos, muy sólida. En caso de eliminar las páginas de un periódico de las hemerotecas de todo el mundo, esa información desaparecerá; por contra, por eliminarse de Google la información seguirá estando disponible si sigue en la fuente.

    Respecto a lo de que si alguien hace algo aparecerá en los periódicos es cierto; el problema es que a veces aparece aunque no haga nada: un detenido puesto en libertad, un acusado absuelto, etc. Situaciones que reflejan una realidad en su momento, pero que descontextualizadas «condenan» a una persona para el resto de su vida. Además todos sabemos la relevancia que le dan los medios de comunicación a una detención, por ejemplo, pero no a una absolución.

    En definitiva, creo que la cuestión es bastante compleja y que debe ser analizada desde muchos puntos de vista.

    Un cordial saludo.

    PS.: Con permiso, enlazo mi opinión al respecto en mi blog: http://descargalegal.blogs.lexnova.es/2013/06/25/podra-aplicarse-la-directiva-europea-de-proteccion-de-datos-a-google/

  • #006
    acerswap - 26 junio 2013 - 03:16

    Como tu dices, no se pueden arrancar paginas de las hemerotecas, pero cuando un medio (periodico, programa de tv…) publica informacion falsa o difamatoria tiene que publicar una correccion.

    Esto con un buscador no se hace, solo se muestra informacion parcial, o se esconde tanto que ni se ve, entonces deberia haber algun mecanismo para regularlo, y el mas simple es el bloqueo a la hora de implementarlo, ya que se usa para los casos de reclamaciones por copyright.

  • #007
    LuisHP - 26 junio 2013 - 03:49

    En mi humilde opinión, en todo este asunto de la disponibilidad de la información, en lo que se refiere a la protección de datos personales, creo que suele dejarse fuera del análisis un factor importante: la relevancia que la propia sociedad da a esos datos.
    Evidentemente nuestra cultura y valores aun no han tenido tiempo de adaptarse. Cuando resulta que todos estamos expuestos, deberíamos ser mucho más tolerantes ante situaciones difíciles por las que han pasado otras personas.
    Porque todos tenemos nuestras miserias, nuestra foto del lado malo, o podemos llegar a tenerlas. Nadie se libra.
    Cuando una joven se deprime y aisla del mundo porque se han hecho públicas imágenes íntimas de su persona, llegando incluso en algunos casos a suicidarse. ¿Quién es más responsable: Quien publicó las imágenes por vez primera o quienes la compartieron, comentaron y juzgaron?.
    Yo estoy convencido de que todo esto solo puede llevar a largo plazo a una sociedad mucho más tolerante. Si, todos estamos expuestos y todos somos también, al mismo tiempo, observadores y jueces de los demás.

  • #008
    Antonio Castro - 26 junio 2013 - 08:23

    Algunos lo que pretenden no es olvidar el pasado sino algo mucho más complicado, cambiar la historia. La máquina del tiempo capaz de hacer eso no está inventada y las paradojas que comportaría su existencia hacen pensar que nunca existirá. Se siente, pero Google solo es el notario de la realidad. Enrique, tu guiño a la ciencia ficción fantasiosa me parece acertadísimo.

  • #009
    jcpt - 26 junio 2013 - 09:02

    No coincido completamente con tu opinión, Enrique (permíteme que te tutee porque ya somos como viejos amigos después de tantos años de seguirte aunque yo comente poco).

    Desde luego, estoy de acuerdo en que no se le pida a Google que borre algo que él no ha generado sino sólo indexado, ¡faltaría más! No quiero ni pensar en la que le caería a Google de parte de sus «haters»: que si Google modifica lo que quiere según sus intereses, el poder omnipresente y casi omnipotente de Google en la red y por ende en el mundo real, etc…

    Ahora bien, entiendo que esto es un tema muy sensible. Yo aparecí en el Boletín Oficial de la Provincia hace unos 20 años por un error de mi banco que degeneró en un impago y después en un embargo de sueldo. Debido a un cambio de domicilio no me llegó ningún requerimiento hasta que me encontré con 130 euros bloqueados en mi cuenta (¡una fortuna!) y llamé a mi banco. Todo eso está ya resuelto, obviamente, pero sigue apareciendo en mi «historial personal» en Google. Y en ese historial, no se menciona nada del error que cometió mi banco y del que yo fuí perjudicado.

    Evidentemente esto es sólo un ejemplo personal y ello no implica que deba modificarse la ley según mi conveniencia personal, pero me molesta que cada vez que mis amigos me buscan en Google les tenga que soltar todo este rollo (con más detalles, por supuesto, que son amigos). El problema no es que Google deba borrar ese historial o no, que coincido contigo en que Google sólo indexa lo que otros publican. El problema real es que Google le da una visibilidad a estos asuntos personales que de otro modo no tendrían, porque yo no me imagino a mis amigos consultando el Boletín Oficial de la Provincia para ver si sus amigos tienen «trapos sucios» que esconder… Creo que este es el verdadero problema y ante el que se tiene que mostrar más sensibilidad. Y eso no tiene nada que ver con la censura, cosa que yo repruebo con todas mis fuerzas.

    Saludos,

  • #010
    Antonio Castro - 26 junio 2013 - 09:47

    #009 No se puede borrar el pasado aunque sea sensible e injusto. Hay muchas personas que han sufrido un destrozo importante e injusto en su imagen personal y que tienen derecho a una reparación por daños morales. Tu no tienes un historial en Google. Google no ofrece información completa sobre nadie. Google no publica nada, solo localiza información y si alguien te busca y se conforma con una información obsoleta es normal que se equivoque.

    Padeces un daño real que no tiene remedio como tantos otros. Tampoco es lo mismo no tener culpa de una situación a no tener ninguna responsabilidad en lo sucedido, porque quizás podrías haber hecho algo más para evitarlo. El Boletín Oficial de la Provincia, el que más daño te causó, hizo lo que era su obligación, y tu debiste no solo avisar al banco sino cerciorarte, porque fallos de esos nos pueden ocurrir a cualquiera y las consecuencias no siempre son las mismas.

  • #011
    Anónimo - 26 junio 2013 - 10:30

    #10, estoy completamente de acuerdo contigo. En mi exposición no he tratado de excusarme de nada, sino de poner en claro dos puntos:

    – Esto puede ser más habitual de lo que parece porque le puede pasar a cualquiera, incluso a mí :)

    – El problema real, a mi entender, es la visibilidad que le da Google estos temas. Y ahí, entiendo yo, debería centrarse el debate.

    Y sigo diciendo que estoy de acuerdo en que Google no es el responsable de esa información (en mi opinión), y por tanto no puede exigírsele que la retire porque, entre otras cosas, falsearía la realidad. Eso sí, creo que hace falta un poco más de sensibilidad ante estos temas y no tratarlo asépticamente como si sólo estuviésemos discutiendo si tal o cual ley es justa o no; estamos tratando sobre la vida personal de las personas (y valga la redundancia).

    Saludos,

  • #012
    Paul - 26 junio 2013 - 11:05

    Una persona señala a una horrible estatua y el derecho al olvido dice que hay que impedir que esa persona siga señalando para que nadie la vea. Lo lógico aparentemente es quitar la estatua…

  • #013
    Luarca - 26 junio 2013 - 12:27

    Esto es lo tipico… a todo el mundo le parecera bien… hasta que le toque sufrirlo… que tengais suerte.

  • #014
    Juan Carlos - 26 junio 2013 - 12:52

    El caso puede estar más o menos claro cuando una persona publica voluntariamente datos sobre ella misma. Si lo haces público, atente a las consecuencias. El problema viene si alguien publica algo sobre ti sin tu permiso o es claramente difamatorio. De poco sirve que rectifique la fuente si la información sigue difundiéndose por todas partes. Yo no tengo tan claro que Google no deba borrar datos a petición de un usuario en ciertos casos.

  • #015
    montadito - 26 junio 2013 - 13:49

    Señor Dans, y algún otro:

    Los problemas humanos no son sencillos y por lo general no son solo blanco o negro sino que tienen muchos matices. El señor Dans a menudo tiene una respuesta simple y exacta incluso a problemas que no la tienen.

    No hay porqué recorrer todas las hemerotecas arrancando nada. Basta la publicación de una aclaración o fe de errores como siempre se ha hecho en los medios tradidionales.

    Cuando un periódico se equivoca o manifiesta algo que resulta ser mentira, no se dedica a romper todos los ejemplares del error sino que durante los días posteriores publica la aclaración en forma similar. De esta manera tan simple han resuelto los medio tradicionales este problema aunque algunos parecen desconocerlo. Ocurre lo mismo en la radio o en la televisión.

    Por tanto propongo para resolver esto, que supone un problema real a mucha gente, que se diera respuesta a aquel que lo pidiera, enlazando de manera nítida las aclaraciones necesarias. Por ejemplo, si como le sucedió a #9 jcpt, un error con un impago que después se solucionó, podría enlazarse de manera muy visible la resolución a dicho problema.

    O se podría incluir en pagerank para que google lo hiciera automaticamente.

  • #016
    montadito - 26 junio 2013 - 13:50

    Pondré otro ejemplo:

    En mi trabajo, tenemos diariamente un numero muy alto de incidencias informáticas. Por ello, las damos de alta en una aplicación de gestión de incidencias para así tratarlas. Pues estas incidencias, no están aisladas. Las que versan sobre elementos comunes están relacionadas: no tiene sentido que si buscas información sobre un ESX te diga que funciona correctamente, si en verdad está sin red por ejemplo.

    Creo que se entiende la analogía con el mundo real: no tiene sentido que aparezca en el buscador una página que mencione una agresión por violación, si no aparece relacionada con otra en la que explique que la denuncia era falsa.

    Google podría introducir un cambio en el algoritmo de pagerank que incluya esto.

  • #017
    Javier Español - 26 junio 2013 - 14:32

    En general de acuerdo con el post, aunque no me parece correcta la comparación con las hemerotecas: encontrar datos de alguien en Internet es infinitamente más rápido y cómodo que hacerlo en una hemeroteca.
    Es decir, si de hemerotecas se trata no me preocupa el «derecho al olvido», con Internet y los buscadores la cosa cambia y mucho…

  • #018
    CMT - 26 junio 2013 - 15:21

    En el actual ordenamiento jurídico español, la Ley Orgánica 10/1995 establece en su Art. 136 que:

    1. Los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia, de oficio o a instancia de parte, la cancelación de sus antecedentes penales, previo informe del juez o tribunal sentenciador.
    2. Para el reconocimiento de este derecho serán requisitos indispensables:

    1.º Tener satisfechas las responsabilidades civiles provenientes de la infracción, excepto en los supuestos de insolvencia declarada por el juez o tribunal sentenciador, salvo que hubiera mejorado la situación económica del reo.
    No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, en el caso previsto en el artículo 125 será suficiente que el reo se halle al corriente de los pagos fraccionados que le hubieran sido señalados por el juez o tribunal y preste, a juicio de éste, garantía suficiente con respecto a la cantidad aplazada.

    2.º Haber transcurrido, sin delinquir de nuevo el culpable, los siguientes plazos: seis meses para las penas leves; dos años para las penas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes; tres años para las restantes penas menos graves; y cinco para las penas graves.

    etc…

    Y el Art. 137 dice:

    Las anotaciones de las medidas de seguridad impuestas conforme a lo dispuesto en este Código o en otras leyes penales serán canceladas una vez cumplida o prescrita la respectiva medida; mientras tanto, sólo figurarán en las certificaciones que el Registro expida con destino a Jueces o Tribunales o autoridades administrativas, en los casos establecidos por la Ley.

    Es decir. La Justicia BORRA del expediente de la persona condenada todo rastro de su pasado delictivo de cara al público, aunque quede disponible EN EXCLUSIVA para jueces y tribunales

    Pero para Google no existe tal olvido, y lo peor es que a algunos les parece bien que quede indeleble en la memoria del gran hermano…

    Un saludo.

  • #019
    Iago Otero - 26 junio 2013 - 19:15

    Yo estoy totalmente de acuerdo con Enrique, es decir si hace 6 años tuvieste que subastar una finca por un impago, pues ya esta. Si hace 15 años te pusieron una multa por mear en la calle, pues te la pusieron.
    Para mi el problema es más social, que jurídico. Por un lado el lector de la noticia no puede ser tan hipócrita y demagogo, que crucifique a alguien ya sea no dándole un trabajo o de cualquier otra forma, porque X haya cometido un error, todos los comentemos y todos tenemos derecho a una segunda oportunidad.
    Por otro lado el afectado, no puede borrar los hechos, si de joven quemaste un contendor y te condenaron por ello, pues ya esta pasó y punto.

    PD: a lo mejor si una empresa no te contrata, porque hay una foto tuya borracho cuando tenías 23 años en Google, el que no merece la pena es una empresa que da más valor a eso que a toda tu formación y experiencia.

  • #020
    Cristina - 26 junio 2013 - 22:09

    Tratamientos de datos personales. No como buscador pero si como empresa?

  • #021
    Mario - 27 junio 2013 - 18:36

    ¿Algún día las empresas de internet madurarán y asumirán responsabilidades por sus productos, o seguiremos siempre con las mismas cantaletas cobardes de culpar a cualquiera menos a ellas mismas y mentir sobre lo que pueden o no pueden hacer para nunca solucionar nada?

    Hace medio siglo la industria farmacéutica se encontró con el problema de los frascos que eran abiertos fácilmente por los niños poniendo en riesgo su salud. Podían haber dicho que no era su culpa, o que los padres no seguían las instrucciones de dejar el frasco fuera del alcance de los niños y ambas cosas son ciertas sin duda. Pero en vez de ello, las farmacéuticas rehicieron sus envases añadiéndole un mecanismo sencillo que dificultaba la apertura. Una «innovación» que no será tan guay como un auto que anda solo y que nadie ha pedido, pero que salvó vidas.

    Una industria no quiere ver relacionado su producto con daños a terceros, incluso si efectivamente no es la responsable, y además, si puede hacer algo para evitar este daño lo hace. Esto no sucede con Google. Si Google fabricara píldoras dejaría que algunos miles de niños muriesen y no haría nada hasta que alguna autoridad la obligase a invertir en solucionar el problema. Llamaría a las muertes accidentales «disrupción» y sentenciaría que es la gente la que debe «adaptarse» a la inseguridad de sus empaques porque no es posible cambiarlos. De tal manera que miles de personas como #009 jcpt deberán acostumbrarse a llevar un estigma toda su vida porque «así funciona un buscador», y Google es ahora «el notario de la historia».

    #009 jcpt, lleva por el momento feliz como un borrego su estigma y aunque ahora solo le moleste tener que explicarse con sus amigos, en un futuro perderá una oportunidad laboral o no lo aceptarán como inquilino o le negarán la matrícula a sus hijos, sin que ni siquiera se de cuenta por qué. Quizás solo tiene mala suerte en la vida pensará… porque parte del principio que así funciona un buscador y como nos advierte Enrique, si eres de los que se queja de algún perjuicio es que no entiendes nada.

    ¡Pero que maldita soberbia esta! Por supuesto que sabemos todos como funciona un buscador Enrique, y como cualquier otro software funciona siguiendo las instrucciones que se les programa. Así por ejemplo, a los pocos días que un fiscal citó a Larry Page para pedirle cuentas del por qué Google seguía facilitando la venta de fármacos (viagra, esteroides, etc) sin prescripción en los EEUU, incumpliendo además un acuerdo con el Gobierno que hubiera llevado al Sr. Page a prisión, miles de sites dedicados a este comercio desaparecieron y dejaron de ser indexados por Google en sus resultados de búsquedas de la noche a la mañana. De tal manera que ya sabemos al menos cómo funciona un buscador para Larry Page, resguardando su culo y desindexando y desapareciendo de sus resultados todo aquello que le puede perjudicar. Pero para Enrique y jcpt, el algoritmo está escrito en piedra y lo bajó Moisés de la montaña y eso no se puede modificar.

    Google, a decir de sus directivos, quiere ofrecer en su buscador el mejor resultado posible. Pero a menos que #009 sea un irresponsable o un pilluelo que nos está mintiendo a todos, la información que se obtiene sobre él en Google no es la mejor y ni siquiera es cierta. Si en vez de gastar millones en la juguetería personal de Page y Brin, sus lentes espías y sus carros que andan solos, Google dedicara una suma igual de sus ingresos en tratar de resolver los problemas de sus usuarios, estableciendo un canal de feedback, advirtiendo que el contenido de tal enlace ha sido objetado por el aludido, o permitiéndole «contar su versión» con un enlace opcional, estaría no solo ayudando a su usuario sino también dando un mejor servicio a todos nosotros.

    Toda la cháchara sobre el mundo de la bidireccionalidad, el cómo las empresas deberían adaptarse y aprovechar las posibilidades de internet para acercarse a sus usuarios, cómo pueden recibir valiosa información para corregir fallas en sus servicios haciendo además partícipe al cliente de la mejora, todo lo que Enrique receta para los bancos, periódicos, etc., todo eso desaparece cuando se trata de Google porque aquí no hay fallas y su algoritmo ya es perfecto, casi de origen divino vamos, y si el buscador te perjudica en algo pues a llorar al río como #009 jcpt.

    A mí, más que el resultado de un juicio, lo que me sorprende es que este asunto haya llegado hasta una instancia supranacional sin que Google haya hecho el menor esfuerzo por ayudar a su usuario con un problema que puede ser el de miles o millones eventualmente. ¿Si Google actuase como recomienda Enrique que actúen todas las demás empresas, en vez de pasar la queja a legal y que se joda, este asunto no hubiera sido una oportunidad para mejorar y complementar ellos mismos su propio servicio?

    PS. Ojo al comentario #002 de menéame (Mannu) sobre un caso de un menor de edad cuya imagen sí está protegida por las leyes en la mayoría de países. No todas van a ser tan fáciles para Google.

  • #022
    Cristina - 28 junio 2013 - 00:54

    Esta consulta a la Agencia de Proteccion de Datos, me ha parecido muy interesante:
    https://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/informes_juridicos/common/pdf_destacados/2012-0119_Publicaci-oo-n-en-Internet-de-datos-de-los-contratistas-relativos-a-deudas-de-los-Ayuntamientos.pdf
    Supongamos que ahora, incluyo este link y que ademas escribo los nombres de los supuestos deudores. Y que esos nombres no son indexados por Google. Lo que en esta consulta se resuelve con una publicacion cerrada en internet, lo abro yo en un comentario de un blog.
    Los afectados pueden solicitar al retirada de mi comentario por que nosotros no somos los interesados en conocer dicha informacion.
    De igual forma, si la corporación de la consulta, abriera dicha informacion, se podría actuar contra ellos por hacer esa informacion publica mas allá de un acceso restringido.
    Tendría que ir a buscar uno por uno, todos los sites que han publicado datos sobre mi y que la ponderación del derecho a la informacion, no entrara en juego.
    Si yo expusiera los nombres, aun siendo cierto que se difunden los nombres de los deudores, se podría solicitar su retirada. Eso entraría dentro del concepto de derecho al olvido? Mas bien, el derecho al olvido, no existiría, porque se ha autorizado a su publicacion en un entorno cerrado.

  • #023
    pablo - 28 junio 2013 - 12:55

    Vale Enrique. Te acusan de ser el violador de una niña, o el asesino de alguien y se te critica en blogs, redes sociales, noticias, etc. Después resulta que había sido un error y que tú no tenías nada que ver con la persona que lo hizo, ni siquiera sois del mismo país!……… Derecho al olvido? Para qué… mejor que se quede una historia FALSA tuya en Internet para SIEMPRE.
    Estoy de acuerdo en que ciertas cosas permanezcan, tenemos derecho a la información, pero es de lógica que otras no. Un saludo.

  • #024
    Enrique Dans - 28 junio 2013 - 13:30

    #023: Yo no he dicho eso (ni nada parecido). Si te acusan y era falso, vete a quien lo publico, y pídele que lo retire. Uno por uno, hasta que lo elimines, ejercitando todos tus derechos. Pero vete a las fuentes, no al motor de búsqueda. Al motor de búsqueda, que se dedica a indexar, no a publicar, déjalo tranquilo. Actúa sobre la base, no sobre la capa de presentación. No podemos culpabilizar a un motor de búsqueda porque haga bien su trabajao, y la alternativa de que cualquiera pueda censurar el motor de búsqueda es es-pe-luz-nan-te…

  • #025
    Observador - 28 junio 2013 - 14:34

    En esta enésima lavada de manos por parte de las empresas tecnológicas (que en realidad, aunque muchos no os hayáis dado cuenta y otros los sepáis de primera mano, es una de las características principales del «nuevo modelo»), he de decir que Google no tiene la obligación porque precisamente no origina directamente la información, ni la sustenta, simplemente enlaza a un soporte dónde fue escrita. No seamos demagogos, aquí Google, o cualquier buscador, no tiene responsabilidad directa, sí bien es verdad que podría haberse preocupado de este problema mediante uno de sus cientos de departamentos (como tiene para ganar dinero con Adsense).

    El caso es que el vulnerado cree que diciéndole a Google que elimine su nombre (cosa que a Google le costaría menos de un día), habrá evitado el problema. Pero tal vez no, porque habría otros buscadores capaces de indexar su nombre y que no han recibido señal de borrado (bien es verdad que esos otros buscadores por alguna razón son menos utilizados, pero esa es otra cuestión).

    La única forma de acabar con ese tema es atacar de raíz a la fuente original, pero bien es cierto que deben de haber medidas de sanción y de presión (que es lo que falta ahora mismo) porque muchas de estas fuentes originales se pasan por el forro las peticiones de usuarios. El usuario no sabe dónde acudir a arreglar estas cosas, y la Justicia española ya está bastante tocada como para que los pocos jueces que tiene se encarguen de los problemas que las empresas tecnológicas NO QUIEREN RESOLVER. Por cierto, esto no sería trasladable al tema de la propiedad intelectual, porque el problema no es que la pequeña web enlace a una que sí aloja, sino que indirectamente su titular se está lucrando con derechos ajenos y la finalidad de la misma es únicamente esa, por mucho que los gilipollas, los cínicos y los hipócritas vayan de adalides culturales por la vida.

    Por cierto, Mario, creo que deberías escribir un poco más vulgarmente, poniéndote a la altura del lector de por aquí, porque si no es bastante posible que no te entiendan. Es lo que hacen ahora los literatos del «nuevo modelo».

  • #026
    Mario - 29 junio 2013 - 05:17

    #023/24. Enrique, tú sabes mejor que nadie que la solución que propones es un engañabobos. La noticia falsa de un violador de niñas sería sin duda predominante en las primeras páginas y su desmentido enterrado donde pocos llegan, incluso si la fuente originaria de la mentira se hubiese retractado o eliminado el texto que originó todo el problema.

    La otra solución es que Google mismo tome cartas en el asunto y te permita rectificar la mentira con algún tipo de opción directa, con lo cual no solo está ayudando al usuario sino también, el propio Google, mejorando su servicio a terceros que buscan o creen encontrar información fidedigna sobre alguien.

    Tú problema no está en que algún despistado escriba mentiras sobre ti (y contra quien puedes accionar judicialmente si tienes tiempo y paciencia), tu verdadero problema está en que esta mentira adquiera predominancia en los resultados de Google, y eso no lo solucionas ni metiendo en la cárcel al despistado.

  • #027
    Observador - 29 junio 2013 - 15:05

    #26 Mario

    Google no quiere saber nada del asunto porque no le interesa directamente. Para otras cosas, como hablar con sus editores para que pongan X o Y anuncios en sus blogs sí tiene departamentos. Incluso dan conferencias.

    Pero es que esto es característico de los actores del «nuevo modelo»: hasta que no nos obliguen, nosotros no hacemos lo que pueda ser lícito. Es como el tema de Irlanda. Google sabe que está mal, que no es justo, pero se basa en que la mayoría de los europarlamentarios son absolutos ignorantes de todo lo que el «nuevo modelo» puede significar. Lo dijo expresamente Tim Cook, cuando se refirió a que ellos van más rápidos que las leyes… Jodido caradura.

    http://www.laprovincia.es/opinion/2013/06/26/google-apple-spain-declaracion-impuestos/540622.html

    http://economia.elpais.com/economia/2012/11/06/actualidad/1352224070_105870.html

    Lo mejor es que esto se la soplaba a la gente hasta hace poco, porque ni lo sabía ni le interesaba. Cuando entiendan que indirectamente afecta a su patrimonio veremos qué piensan los catetos (aunque ni siquiera saben hasta que punto influye).

    Por otro lado, tu primer párrafo no es correcto. Sí es perfectamente posible poder desindexar un contenido desde su fuente original y cambiarlo por un desmentido al cual, obviamente, la Justicia debería obligar(aparte de otro tipo de sanciones como indemnizaciones pecuniarias, y no precisamente bajas). En el «nuevo modelo», la Justicia no debería sancionar esas equivocaciones (decir que alguien era un asesino de niñas cuando realmente no lo era), porque todos somos libres de decir cualquier cosa en una web. Porque somos «liberales» y amamos la libertad.

    ¿Se va captando?

  • #028
    David Crespi - 23 julio 2013 - 09:45

    Es gracioso el tema, yo le cuento un secreto a un amigo, y a los tres días le digo oye olvídalo. Seguramente mi amigo se lo habrá contado a otra gente, porque el ser humano es así, un poco chismoso. Como decía Séneca «Si quieres que tu secreto sea guardado, guárdalo tú mismo».
    Lo más ocurrente es que aquí no le has contado un secreto a un amigo, lo que has hecho ha sido publicarlo en un sitio público, que encima es una red, y pretendes exigir que se olvide.
    Creo que no estamos hablando de lógico, sino del desconocimiento que tiene la gente de lo que significa la web.

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4 comentarios en Menéame

#001
estajanovista - 25 junio 2013 - 20:16

El aparatejo ese que te borra la memoria con un flashetazo es solo una licencia literaria que se tomaron para la película. En realidad los hombres de negro iban con cartones de vino blanco y les hacían beberse un litro a cada testigo. Por eso a la mañana siguiente no recordaban nada y tenían cierto malestar en la cabeza.» autor: estajanovista

#002
Mannu - 25 junio 2013 - 22:22

Supongamos que un chaval con 18 años fue multado por hacer un graffiti y hoy con 30 años no encuentra trabajo porque cuando en RRHH introducen su nombre en Google, el buscador proyecta una imagen suya que no se corresponde con su realidad actual.

Si legalmente ese hecho ha desaparecido de su ficha de antecedentes, ¿no sería justo que también se pudiese solicitar su desaparición de los resultados de búsqueda de Google? ¿O un hecho aislado y puntual debe permanecer ad eternum a un clic de distancia para influir en la vida de una persona?

Porque sí, en las hemerotecas (un BOP, por ejemplo) ese dato permanece, pero no está a un clic de ratón.

¿Alguien se imagina qué pasaría si en comisaría, al introducir el DNI de un detenido en una manifestación por la educación, los policías pudiesen ver que con 17 años rompió un retrovisor de un coche y con 19 fue multado por orinar en la calle? ¿Qué imagen se harían los agentes del detenido? ¿Qué trato le darían en base a un prejuicio surgido a golpe de clic de ratón?
Por eso los antecedentes leves desaparecen de la ficha policial de las personas. Con los buscadores en mi opinión debería suceder algo similar, o corremos el riesgo de que un error tonto en la adolescencia, persiga a la persona hasta el fin de los días.

Puede ser lógico que Google funcione así y no vaya a eliminar contenido. Lo que está claro, es que justo, no es.» autor: Mannu

#003
edans - 26 junio 2013 - 05:34

#2: En ese caso el chaval en cuestión tendrá que dirigirse al sitio que tiene esa información publicada para intentar que la elimine, y ejercer si tiene razones para ello y la ley le asiste, el derecho correspondiente de eliminación. Pero no dirigirse al buscador para que lo elimine de su índice. Ejercita o intenta ejercitar el derecho que quieras, pero en la fuente, no en el buscador. Nadie dice que lo que esté en la red lo esté necesariamente para siempre. Pero sí que un buscador deba buscar y devolver como resultado todo aquello que esté en la red y tenga posibilidad de indexar.» autor: edans

#004
azenbugranto - 26 junio 2013 - 14:57

#2 Otra cuestión es si los antecedentes no dejan de ser antecedentes aunque se cumpla el castigo correspondiente. Que hablen los juristas.» autor: azenbugranto