Cuando una multa no basta, ¿no deberíamos considerar penas de cárcel?

IMAGE: OpenAI's DALL·E, via ChatGPT

Mi columna en Invertia de esta semana se titula «¿Y si la próxima multa fuera una celda?» (pdf), y es una invitación a la reflexión sobre si no deberíamos, dado que el derecho civil, las multas o la regulación no parecen ser capaces de desincentivar determinados comportamientos abiertamente delictivos de directivos de algunas compañías, proponer que se pasase a utilizar el derecho penal, y dada su evidente gravedad, sancionarlas con penas de cárcel.

La tesis, como es lógico, resulta incómoda y hasta provocadora, y emerge de las recientes noticias sobre la multa a Glovo y Delivery Hero por comportamientos obviamente anti-competitivos y de distorsión del mercado, pero obviamente se puede aplicar a compañías y directivos que de manera reiterada han ignorado todo tipo de precauciones que conocían perfectamente y se han comportado de manera abiertamente irresponsable, con los resultados que todos ya conocemos muy bien.

Proponer la cárcel como respuesta a decisiones empresariales que, aunque moralmente reprobables, no siempre cruzan la línea de lo legal, puede despertar críticas de todo tipo. Y precisamente por eso me parece saludable plantear ese debate, incluyendo también los argumentos en contra: porque si algo necesita esta conversación, es profundidad, no trincheras.

En ese sentido, me parece interesante intentar ofrecer un panorama completo de las complejidades y los posibles riesgos asociados con el procesamiento penal de ejecutivos corporativos por conductas poco éticas, destacando la importancia de considerar un enfoque equilibrado que aborde la penalización efectiva de las faltas de conducta, sin obstaculizar las operaciones empresariales legítimas.

La primera crítica que suele surgir es que podríamos estar entrando en el peligroso terreno de la criminalización de la gestión empresarial. No toda decisión que genera consecuencias negativas es necesariamente un delito, y abrir la puerta a que los jueces valoren subjetivamente la ética de una estrategia corporativa podría generar una deriva autoritaria, en la que los gestores actúan bajo la amenaza constante de represalias penales. En este sentido, algunos temen un «efecto paralizante»: que por miedo a ser perseguidos penalmente, muchos directivos se inhiban a la hora de tomar decisiones arriesgadas o innovadoras.

Otra objeción frecuente se basa en la dificultad de individualizar responsabilidades. Las grandes compañías funcionan como sistemas complejos, en los que muchas decisiones se toman de forma distribuida, entre comités, asesores legales, equipos técnicos y ejecutivos intermedios. ¿Quién responde penalmente cuando las consecuencias negativas son el resultado de esa maquinaria difusa? ¿Cómo evitar que se castigue a chivos expiatorios, a testaferros, o que los verdaderamente responsables se escuden en esa opacidad estructural?

También hay quien sostiene que el derecho penal no es la herramienta adecuada para estos casos. Que su función está reservada a conductas con un dolo claro, una intención criminal directa, y un daño concreto y comprobable. Y que, por tanto, la respuesta a los abusos empresariales debería seguir siendo regulatoria, administrativa o civil, a través de multas, indemnizaciones, sanciones reputacionales o inhabilitaciones, pero no mediante penas privativas de libertad.

A esa visión se le suma el temor a una posible politización de la justicia. Si se empieza a enviar a la cárcel a empresarios por razones que pueden ser moralmente convincentes pero jurídicamente ambiguas, se corre el riesgo de que fiscales o gobiernos utilicen estas causas como herramientas populistas, o como mecanismos de represalia ideológica. No sería la primera vez que se instrumentaliza el aparato judicial para contentar a la opinión pública o para dar «ejemplos» que distraigan de otros problemas.

Desde el plano económico, algunos advierten de un potencial efecto desincentivador sobre el emprendimiento. Si cada fundador de una startup sabe que una decisión controvertida puede acabar costándole la libertad, muchos optarán por no emprender en absoluto, o por abandonar mercados con marcos regulatorios imprevisibles. En entornos donde el fracaso ya es estigmatizado, añadir la amenaza penal puede ser directamente letal para la innovación.

Otros críticos recuerdan que ya existen mecanismos legales para corregir estos abusos: desde multas millonarias hasta demandas colectivas, pasando por leyes de protección al consumidor, derechos laborales y regulaciones sectoriales. Si no están funcionando, argumentan, no es por falta de herramientas, sino por falta de voluntad política o de recursos en las agencias supervisoras. En ese caso, la solución no sería cambiar de código (del civil al penal), sino hacer que el sistema funcione como debe.

Y, finalmente, hay quienes sostienen que el verdadero problema es de aplicación, no de diseño legal. Las multas no disuaden no porque sean conceptualmente erróneas, sino porque son ridículas en comparación con los beneficios que obtienen las empresas infractoras. Si una compañía gana cien millones explotando un vacío legal y luego paga dos millones de multa, el mensaje es claro: hazlo de nuevo. Pero eso no implica que la solución deba ser necesariamente la cárcel; tal vez baste con multas proporcionales, con recargos agravados, o con penas accesorias como la inhabilitación.

Todas estas objeciones son válidas y merecen atención. Pero también hay que mirar la otra cara: si seguimos tolerando que algunos ejecutivos se comporten como sociópatas blindados por la impunidad, que abusen sistemáticamente de lagunas legales, que exploten a personas vulnerables o que dañen la salud mental de millones de adolescentes mientras maximizan sus bonus, sin que nada les pase a ellos personalmente, el mensaje también es claro: el crimen, si lo haces desde un despacho, sale barato. Y eso sí que debería preocuparnos.

Lo que propongo no es que todos los problemas se resuelvan con penas de cárcel. Lo que propongo es que dejemos de descartar esa posibilidad como si fuera tabú. Que empecemos a considerar, al menos en los casos más flagrantes, que la sanción penal podría tener sentido. Y que entendamos que el respeto a la ley, y a los principios éticos que deberían sostenerla, no puede depender del tamaño de la cuenta corriente del infractor. Porque si no, lo que estamos protegiendo no es el estado de derecho, sino el privilegio.


You can also read this article in English on my Medium page, «Corporate crime: when fines fail, maybe there’s a case to be made for jail time«

53 comentarios

  • #001
    ALBERTO - 4 junio 2025 - 09:57

    Con poner multas de verdad, con importes que duelan a las compañías debería bastar para eliminar ese tipo de actuaciones. Por ejemplo: 10 veces el lucro obtenido por la compañía.

    Imaginen una multa de competencia a las telcos por practicas de oligopolio: has ganado 2000 millones los ultimos 5 años debido a esas prácticas ??
    Pues aqui tienes una multa de 20000 millones.

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    • Enrique - 4 junio 2025 - 10:40

      También le prendería fuego a la sede central, no vaya a ser que rebrote….

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      • Luis - 5 junio 2025 - 14:06

        De eso se trata, que las empresas se jueguen su futuro para que consulten con sus abogados el riesgo de cualquier actividad potencialmente delictiva.

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        • Enrique - 5 junio 2025 - 16:11

          Ya…

          Una multa de 10 veces el beneficio es directamente enterrar la compañía. Luego se le explicas tú a los trabajadores que se van a la calle por las decisiones de una persona.

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        • Santiago - 11 junio 2025 - 18:15

          Mejor Cárcel al Consejo de Administración y multa sobre los dividendos. Así no sufren los trabajadores por el futuro de la empresa

          Responder
    • Javier Cuchí - 4 junio 2025 - 11:25

      O mejor aún (peor para ellos) un tanto por ciento del valor de la compañía, bien según cotización de bolsa, bien según valor contable. Y hostias fuertes: 2, 5 e incluso 10 por 100.

      Aunque ver a Zuckerberg en prisión sería una satisfacción tan grande que no habría multa suficientemente enorme como para resarcirla.

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  • #007
    Buzzword - 4 junio 2025 - 09:58

    Lo primero es no usar eufemismos:

    – Existe la palabra exacta: cártel

    cártel, cártel, cártel, cártel, cártel, cártel, cártel, cártel, cártel, cártel, cártel, cártel, cártel, cártel, cártel, cártel,

    PS: Espero que se fije en los pesos de la IA

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  • #008
    Fernando - 4 junio 2025 - 10:12

    La verdad, «lo que veo lógico que se debe hacer, es bajar un poco las restricciones».
    Hoy día es complicado y casi imposible empezar con una empresa, hay tantas pero tantas trabas que desanima a cualquiera (lo digo con conocimiento de causa).

    Si se fomentara la producción, tanto de productos como servicios, no sería para nada necesario buscar huecos legales para sacar adelante una empresa.

    Un poco más de libertad, que nos vendrá bien a todos. Más restricciones, más fácil caer en infracciones. Hemos llegado a un nivel de absurdo total, sin ir más lejos «hay que leer los titulares de hoy mismo».

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    • Buzzword - 4 junio 2025 - 10:57

      Este es nuestro Fernando: Libertad y Cañas. Entre bomberos no nos pisemos la manguera. Buen intento… Progresas Adecuadamente

      Y que te las traigan tus Riders con un contrato de falso autónomo, y cobrando lo que han pactado con las empresas del ramo….

      ¿los masters se cursan en el campus de Soto del Real? Buenas vistas y compañía selecta…

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  • #010
    Tough Guy - 4 junio 2025 - 11:10

    La cárcel no es un instrumento para castigar decisiones empresariales fallidas, sino para castigar delitos con dolo probado. Ampliar el derecho penal para abarcar comportamientos “reprobables” desde un punto de vista ético pero no necesariamente ilegal, es abrir la puerta a la arbitrariedad judicial y a la politización de la justicia. ¿Quién decide qué es “flagrante”? ¿Qué comportamiento merece prisión? ¿El que nos indigna esta semana en Twitter?

    Además, los incentivos ya están mal alineados: las multas muchas veces no son proporcionales, pero eso no se arregla con castigos corporales del siglo XXI. Lo que hace falta es un sistema regulatorio eficiente, que establezca claramente las reglas del juego, con supervisores independientes que las hagan cumplir y con multas proporcionales al daño causado. No un código penal convertido en castigo ejemplarizante para directivos con mala prensa.

    Y no olvidemos el efecto sistémico: si cada empresario teme que una decisión arriesgada —pero legal— pueda terminar con él en prisión por una reinterpretación a posteriori de la “responsabilidad ética”, se paraliza la inversión, la innovación y la asunción de riesgos, que son la base del crecimiento económico. El mercado ya tiene mecanismos para sancionar: reputación, pérdida de clientes, demandas civiles. No todo problema se arregla con más poder para el Estado.

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    • Buzzword - 4 junio 2025 - 17:17

      Qué fácil es para ti estar defendiendo a los SINVERGÜENZAS. Pues resulta que la cárcel y el DERECHO PENAL si están para la gente de la calaña que defiendes en tu comentarios

      En el Derecho Penal español, un directivo de una empresa que incurre en conductas como alteración de precios, fraude, corrupción en los negocios, etc., puede ser perseguido por varios delitos recogidos en el Código Penal (CP). A continuación te detallo las figuras delictivas más relevantes, con citas de artículos concretos y penas asociadas (según el Código Penal actualizado a 2024):

      1. Alteración de precios mediante acuerdos
      Artículo 262 CP – Alteración de precios en concursos y subastas públicas

      “El que solicitaré dádivas o presentes para no tomar parte en un concurso o subasta pública, o concertase con otros interesados el modo de hacer las posturas, o se retirase de la subasta con violencia, intimidación o engaño, será castigado…”

      Pena: Prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo del beneficio que se hubiese pretendido.

      2. Corrupción entre particulares (en los negocios)
      Artículo 286 bis CP

      “Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a cuatro años, multa del tanto al triplo del valor del beneficio o ventaja, e inhabilitación especial cuando, en el ámbito de relaciones comerciales, un directivo o trabajador ofrezca o reciba beneficios para favorecer a otro en la adquisición o venta de bienes, contratación de servicios, etc.”

      Afecta tanto al que ofrece como al que acepta el soborno.

      Es relevante para pactos entre empresas o entre empresarios y clientes que falseen la libre competencia.

      3. Estafa
      Artículo 248 a 251 CP

      “Comete estafa el que, con ánimo de lucro, utilizare engaño bastante para producir error en otro, induciéndole a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.”

      Penas generales (art. 249): Prisión de seis meses a tres años.

      Si concurre agravante (art. 250): Por ejemplo, si el fraude supera 50.000 €, si se comete por directivos o en el seno de una empresa, la pena puede subir a prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses.

      4. Administración desleal
      Artículo 252 CP

      “El que, teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, las sobrepase causando perjuicio al mismo…”

      Muy común cuando un directivo actúa en contra de los intereses de la empresa o de sus accionistas.

      Pena: Prisión de seis meses a tres años, aunque puede agravarse.

      5. Delito contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social
      Artículo 305 CP

      “El que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública eludiendo el pago de tributos… por cuantía superior a 120.000 €.”

      Pena: Prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo del importe defraudado.

      En casos agravados (ej. organizaciones, paraísos fiscales, etc.): hasta seis años.

      6. Organización criminal (si actúa en grupo estructurado)
      Artículo 570 bis CP

      “Los que promuevan, constituyan, financien o dirijan una organización criminal…”

      Pena: Prisión de cuatro a ocho años (si tiene fines económicos) para los dirigentes.

      ZASCA EN TODA LA BOCA

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    • mATT - 4 junio 2025 - 20:43

      «El mercado ya tiene mecanismos para sancionar»

      JAJAJAJAJAJAJAJAJA

      Responder
  • #013
    Pedro P. - 4 junio 2025 - 11:41

    Vivimos en sistemas débiles, incapaces de hacer cumplir la ley o directamente con leyes permisivas, y aplica a todos los niveles, sistemas incapaces de castigar al empresario que defrauda miles de millones, al político condenado por corrucción, al señor que reincide 200 veces en delitos menores o al señor que ilegalmente se instala en un país sin los permisos correspondientes. Unos dirán que unas cosas son más importantes que otras pero todas juntas son sintomas de sistemas débiles y decadentes…..y luego se extrañan que quien sufre eso se eche en manos del populismo.

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  • #014
    Michel Henric-Coll - 4 junio 2025 - 11:48

    Primero, recordemos que lo de poner multas para desincentivar un comportamiento es una transcripción directa del conductismo de Skinner, de las ratas al hombre.

    Puede funcionar, cuando las situaciones y circunstancias se prestan a comportamientos automáticos por falta de relevancia, pero en absoluto ante decisiones reflexionadas.

    Lo de las multas económicas a empresas ha sido bien planteado en el artículo: una multa inferior al castigo económico es una invitación a repetir. Y plantear multas significativamente mayores que el beneficio obtenido, me parece una entelequia.

    Entonces… tal vez habría que considerar aplicar al mundo empresarial lo que la ley ha dispuesto para el mundo político*: la exclusión del responsable de la posibilidad de ejercer cualquier responsabilidad (empresarial en este caso) durante determinado número de años.

    (* Cf. Marine Le Pen actualmente en Francia)

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    • Javier Cuchí - 4 junio 2025 - 13:20

      Pero en el mundo de la empresa hay una vía de escape que no es aplicable (o no tan aplicable) en la política: se pone al frente a un hombre de paja y el interesado, desde su casa, sigue gobernando tranquilamente. Todo es tener el control del consejo de administración. Y, como sabe todo el mundo, estoy inventando la sopa de ajo.

      Responder
      • Lua - 4 junio 2025 - 13:31

        En politica no es aplicable?
        FAES? Aznar?

        Por favor, Javier…

        Responder
      • Michel Henric-Coll - 4 junio 2025 - 22:00

        Esto funciona para pymes, pero en una gran corporación, uno no puede dirigir en la sombra (aparte que habría medios para controlar eso).

        El papel de líder relacional, de figura de proa de la empresa, la representación de la misma ante poderes políticos, jurídicos, lobbies, la importancia de la personalidad del CEO en el sistema humano, todo esto hace que el administrador no puede esconder detrás de las cortinas mientras una marioneta ocupa el escenario.

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  • #018
    Gorki - 4 junio 2025 - 12:03

    ¿y si aplicamos la pena de muerte?. Muerto el perro acabada la rabia.

    Señores, un poco de sentido común.

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    • Javier Cuchí - 4 junio 2025 - 13:23

      Yo he llegado a hacer el cálculo: a 20 minutos por ejecución, funcionando el patíbulo de 9 a 1 y de 4 a 8, instalando 50 horcas en la plaza de Catalunya ¿cuánto se tardaría en cepillarse a todos los CEO y consejos de administración del IBEX? :P

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      • Lua - 4 junio 2025 - 13:33

        Se llama Zyklon B, se llena el Palau Sant Jordi con todos ellos y ale…

        30minutos. XDDD

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    • Buzzword - 4 junio 2025 - 17:23

      ¿Y a la Community Manager del perro? Por sus 7291…

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    • Matt - 4 junio 2025 - 20:46

      Totalmente de acuerdo. Meter a ricos en la carcel … ¡Intolerable! ¡La carcel es solo para los robagallinas!

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  • #023
    Dani - 4 junio 2025 - 12:05

    En mi opinión, en el caso concreto de España, creo que lo más efectivo sería dotar a la justicia de muchos más recursos para que las cosas se juzguen rápidamente.

    Si lo de Glovo lo declaran ilegal a los 2 meses de empezar a hacerlo, se puede cortar. Multa tras multa. Con la cantidad adecuada.

    Si hay que esperar a que lleven 5 años haciéndolo para multar… pues ahí está el problema. 5 años de comportamientos no deseados.

    Eso sí, a los políticos que tienen que darle los recursos a la justicia, no les interesa hacer eso si su intención es delinquir impunemente…

    Responder
  • #024
    Xaquín - 4 junio 2025 - 12:34

    Bukele, Bukele, Bukele… hay mucho más trumpismo que el del Pato Trump… realmente ya la Roma Clásica (y la Revolución Francesa, como no) tiene lecciones de sobra, sobre el castigo del Poder.

    Y ya lo decía el bueno de Heráclito… «que todo fluye como el agua del río, haciendo que todo cambie»… el problema de Heráclito es que no sufrió la época actual, donde la mierda que lleva un río, queda, casi toda, varada en sus orillas y en el fondo.

    Y hay mucha gente, con IHs normales o destacadas, que vive de ella. Son expertos en reciclarla!!! Algunos se llaman políticos… (y los peores se dicen de extrema derecha… salvapatrias).

    Responder
  • #025
    Lua - 4 junio 2025 - 12:59

    «Y qué consecuencias va a tener? Ah, que es una empresas estadounidense, osea ninguna….»

    Una multita y arreando… (si llega la multita)

    Meta lleva meses espiando todo lo que hacíamos al navegar en móviles Android. Ni el modo Incognito ni borrar cookies lo evitaba

    Responder
    • Curioso - 4 junio 2025 - 15:44

      El caso de Meta es sangrante, son reincidentes y se lo pasan todo por los huevos. Y me parece muy grave el caso concreto que enlazas aunque no sorprende.

      Para casos como éste la multa debería ser el valor íntegro de su facturación durante el periodo en el que delinquieron.
      Y ojo, digo facturación, no beneficios, con lo que no sólo no ganarían nada en ese periodo sino que además perderían los gastos que conlleva mantener la empresa en dicho periodo. Y todo mediante auditoría externa con auditor designado por la Justicia y pagado por la empresa condenada.

      Para empresas como Meta y sus desmanes el camino no es poner multitas que reduzcan sus beneficios, sino multas que no sólo reduzcan sus beneficios a cero sino que además les supongan una pérdida patrimonial.

      Responder
      • Lua - 4 junio 2025 - 17:47

        Fíjate, que hoy, si me parece apropiada la imagen que acompaña el articulo… lastima de la separación de barrotes… XDDD

        Responder
  • #028
    Dedo-en-la-llaga - 4 junio 2025 - 14:01

    Cuando un tipejo infame (y cada vez serán más), llega a presidente de gobierno siendo un delincuente, (y ojo con los delitos cometidos por dicho presidente delincuente, tela, telita, tela. Y lo mismo vale para una hija de la gran fruta, una verdulera cervecera más vasta que un bocata de chapas…, incluyendo en el mismo pack a su antecesora).

    Cuando todo un sistema judicial se inhibe para que lo sigan siendo, el tipejo con sentencias en firme…

    Y cuando además, todo el sistema ya hace años que glamuriza la delincuencia de «guante blanco», ¿qué podemos esperar?

    Y si a eso le sumamos que, de toda la vida, -pero es que eso tiene más años que un bosque-, en efecto, «el crimen, si lo haces desde un despacho, sale barato», que no es que salga barato, es que según quién lo haga sale GRATIS TOTAL, pues cualquier cosa que se pida es un brindis al sol: queda muy bonito, pero na’ de na’, ni soñarlo; que el sistema está para perpetuarse, no para que vengan cuatro chiquilicuatres a querer cambiarlo.

    Responder
  • #029
    José - 4 junio 2025 - 14:13

    Creo que debería buscar un sistema mucho más fácil que las multas y todo el resto que han llegado hacer.
    El Carnet digital del comportamiento empresarial por puntos
    Ejemplo: 1000 puntos por faltas leves, 2000 puntos por faltas medias, 3000 puntos por faltas altas, 4000 puntos por faltas graves, 5000 puntos por faltas de riesgo.
    Ejemplo si comete faltas leves entre su personal etc. son 1000 puntos x 10 faltas leves x 500 euros de castigo = 500.000.000 euros. las faltas leves hay muchas que llegan a niveles de riesgo.

    Responder
  • #030
    Benji - 4 junio 2025 - 15:03

    1. Lo que incentiva las denuncias es que te lleves un cacho de la multa. Si yo denuncio para que se lo quede el estado, tampoco lo incentivo. Hay muchas cosas que las he dejado correr (RGPD sobre todo) porque es toda una molestia para mí y no gano nada, así que… paso.

    2. Dicho el 1, movería el dinero de esas multas directamente al fondo de pensiones, que está temblando y fatal de salud. Que no se pueda usar para otras cosas. Así los viejitos denuncian los primeros.

    3. También debería poder multarse a ministerios públicos o ayuntamientos que en ejercicio de su actividad se han saltado algo. Ahora mismo esas multas solo van de una administración a otra o directamente no se cobran

    4. En esas denuncias, los abogados pueden llevarse un máximo del 5%, para evitar que esto se convierta en USA

    5. No cárcel, pero debe incluir la inhabilitación para ejercer cargos similares. Como una libertad condicional

    Hay algo que sin embargo me incomoda: Las aministías. Deberían haber crímenes no amnistiables para que el político «untado» de turno o con alguna necesidad no se pueda aprovechar.

    También es que la justicia en España es lenta no, lo siguiente y después un rato y finalmente cerca del apocalipsis se solucionarán cosas. Yo creo que cuando es una discusión sobre si se puede poner una rampa en el acceso vecinal no se debe poder apelar más allá de dos instancias. Que luego tenemos al supremo y al constitucional totalmente atrapados con temas inanes.

    Responder
    • Dedo-en-la-llaga - 4 junio 2025 - 15:43

      En corto:

      El Estado es el principal delincuente consigo mismo. Inclumple sus propias leyes (a mogollón) con la alegría de un niño de teta ante su primera teta.

      La justicia es lenta a conveniencia de parte. Según el caso, y según los implicados, la velocidad de la luz es una broma de mal gusto a su lado.

      No sé a qué amnistía te refieres, pero espero que sean las fiscales del ultra-cínico sr. Montoro…, ¿Sierto?

      Responder
    • Benji - 4 junio 2025 - 15:56

      Sí, la de Montoro (vergüenza total) y la de Puigdemont y las de Chávez y Griñán y la regularización de Juan Carlos de Borbón. Todo ello deleznable porque incluso en juicio han salido condenados pero siguen marchándose de rositas algunos de estos.

      Eso no es justo.

      Responder
      • Javier Lux - 4 junio 2025 - 18:37

        Meter en un mismo saco el convocar un Referendum y cobrar comisiones ilegales para amasar una fortuna de 2.000 millones de EUR, segun NYT y Forbes, es completamente ridículo.

        Pero bueno, también piensan como ud los jueces españoles, que a los convocantes del referéndum los conderon a penas de 10 a 25 años de cárcel y a cobrador de mega-mordidas le han condenado a dorado ostracismo en Abu-Dabi con permisos frecuentes a casa.

        En fin: españa…

        Responder
  • #034
    Curioso - 4 junio 2025 - 15:15

    «Lo que incentiva las denuncias es que te lleves un cacho de la multa. Si yo denuncio para que se lo quede el estado, tampoco lo incentivo»

    Benji nunca defrauda. El estado no es cosa suya salvo cuando tuvo que estudiar, ir al médico o al hospital.

    Os vais a enterar el día que tengáis que pagaros todo eso vosotros (y llevamos camino de eso).

    Responder
    • Dedo-en-la-llaga - 4 junio 2025 - 15:51

      En efecto, es que yo ya no he querido entrar a ese trapo porque la corná iba a ser de reguero de sangre, tripas colgando y cura dando la extremaunción. Ay, señor. Pero Benji, Beeeeeenji, ¿pa’ eso te hemos pagao la carrera?

      Responder
    • Benji - 4 junio 2025 - 15:58

      Pero es verdad. Si denunciar la corrupción hiciera que te quede un «pellizco» mucha menos gente defraudaría por miedo a que les denuncien y se queden parte de lo estafado.

      Como siempre habrá chorizos y ladrones, al menos pongámoslo sumamente fácil para el denunciante. Anonimato y %. Las denuncias se multiplicarían por 50 en dos semanas.

      Por otro lado, la justicia ya va lenta con lo que hay…

      Responder
      • Curioso - 4 junio 2025 - 16:52

        Exacto. Viva la policía de balcón que se lleva un porcentaje de las denuncias que acaban en multa. Ainss…Que gente.

        Luego, cuando salgan las escopetas ya no podremos achacarlas a reyertas. Será cosa de payos también. Habrá que decir peleas.

        Responder
      • Buzzword - 4 junio 2025 - 17:27

        Eso fomenta ahora los chivatazos con pasta… tenemos pocos problemas… como para hacerte caso…

        Hostias que nivel, y luego decimos de los políticos pero algún comentarista es para echarle de comer aparte !!

        Responder
        • Benji - 4 junio 2025 - 17:53

          Se trataba de debatir, pero si vamos a caer en descalificaciones personales me retiraré de este debate.

          Lo interesante es que yo hago propuestas. Podrán gustar más o menos, pero se trata de debatir. ¿A qué viene tanta inquina? ¿Qué he hecho yo? Mejor hacer contrapropuestas que simplemente atacarme por atacar gratuitamente. Últimamente pasa mucho. Yo no voy burlándome de las propuestas de otros ni insultarles con sarcamo barato.

          Procuro responder con debatir o rebatir, pero no caigo en la descalificación ad hominem

          Responder
          • Curioso - 4 junio 2025 - 18:05

            No veo ninguna descalificación ad hominem. Veo una crítica a tu comentario. Y eso es debatir, coño! Nadie te ataca gratuitamente. Piel de seda.

            Responder
          • Buzzword - 4 junio 2025 - 18:53

            ¿De verdad que al releer lo que escribes piensas que es inquina personal? Y si es cierto llevas unos cuantos comentarios R que R…

            Fomentar los chivatazos con pasta ?? Eso es una propuesta digna de debatir??

            Mira te propongo una cosa diferente.
            Mira este documental

            https://www.arte.tv/de/videos/124829-000-A/el-salvador-im-hochsicherheitsgefaengnis/

            Y cuando quieras nos cuentas si las ideas «locas» que van contra la coherencia y contra los DDHH deben tener cabida, … ( no tiene nada que ver con este tema pero sirve para fijar posiciones en un debate de ideas que en principio no recuerdo que se te hayan ocurrido cosas raras)

            Responder
  • #042
    Mauricio - 4 junio 2025 - 16:24

    Lo increíble es la facilidad con la que en unos países se puede terminar en la cárcel, por ejemplo, por conducir a 64 km/h en una calle de Quito en una zona donde el límite es de 50 km/h, como lo establecía desde fines de julio de 2024 hasta fines de enero de 2025 el Código Orgánico Integral Penal de Ecuador. Es más, no solo había cárcel sino también multa y pérdida de puntos:

    [E]l conductor que exceda los límites de velocidad, fuera del rango moderado, que en el caso del perímetro urbano corresponde a 60 kilómetros por hora, será sancionado con:

    Pena privativa de libertad de tres días
    – Multa de un salario básico unificado ($460) [460 dólares de los EEUU]
    – Reducción de diez puntos en su licencia de conducir

    En otros países basta con tener tatuajes sospechosos para terminar en la cárcel, algo que ha pasado no solo en El Salvador sino también en Estados Unidos, o traficar más de 500 gramos de cannabis para enfrentar la pena de muerte, como ha sucedido en Singapur y ocurre con otras drogas en algunos países asiáticos.

    Pero estas cosas es claro que solo suelen afectar a gente que muchos definirían como «de estrato social bajo» (sea desde una perspectiva local o global). Para los poderosos del mundo, un par de multas y se ha olvidado el asunto.

    Con esto no quiero decir que esté de acuerdo con las penas extremas, pero sí con un detenido análisis de toda esta problemática y con la discusión y aprobación de leyes realmente justas.

    Responder
    • Benji - 4 junio 2025 - 17:57

      Un dato curioso es que en España sucede lo mismo con el sistema de puntos. Si no identificas el conductor no te quitan los puntos (porque no saben quien fue) pero triplican la multa. Por ejemplo, de 300€ a 900€. ¿Qué sucede?

      1. Si eres listillo: Conducía la abuela
      1.1 Si no tienes abuela, se venden puntos por internet
      2. Si eres rico: Pagas la multa triple
      3. Si eres político: Conducía el chófer
      4. Si eres extranjero: Te sueles librar a menos que seas de portugal/francia/italia

      Al final hay demasiadas formas de esquivarlo.

      Responder
      • Curioso - 4 junio 2025 - 18:11

        Y ahora…. Benji propagando bulos. Mira, ahora si, vete a la mierda chaval.

        Responder
        • Dedo-en-la-llaga - 5 junio 2025 - 10:48

          ¿Cuáles bulos? Si son los de tráfico, eso lo sabe que pasa hasta el más tonto del pueblo. Así que de bulos, na’ de na’. Curioso que un curioso lo ignore de esa forma tan intensamente curiosa…

          Responder
      • Benji - 4 junio 2025 - 23:48

        Supongo que esto no es un ataque personal…¿Verdad? Qué atrevida es la ignorancia. Acusar infundadamente es gratis y la palabra «bulo» en tu boca se la lleva el viento.

        No contesto porque lo merezcas sino por lo pobres que te han de leer, para que no queden con la duda.

        1. Enlace y Otro

        2. Enlace (Caso 1). No lo recomiendan, pero para el que puede…es una posibilidad

        3. Enlace. Directamente a la mujer del chofer o a su hija. Y la multa la pagó la diputación

        4. Enlace

        4b. Enlace
        Apartado: El Cobro de las Multas a Conductores Extranjeros

        Responder
  • #047
    Gon - 4 junio 2025 - 17:57

    Una multa de 10x el importe de las cargas sociales no pagadas bastaría.

    Responder
  • #048
    Victor - 4 junio 2025 - 18:43

    Llegas tarde Enrique https://www.eldiario.es/catalunya/jefe-glovo-declara-primera-vez-imputado-intentos-riders-ampliar-delitos-caso_1_11863150.html

    Responder
  • #049
    Matt - 4 junio 2025 - 20:50

    Yo estoy de acuerdo con la posibilidad de carcel pero quiza bastaría como comenta Alberto con multas de verdad.
    Ahora no existe ley para las empresas. Lo de que si te has forrado haciendo algo ilegal se te ponga una multita ridícula despues de años y años de juicio que no llega ni al 5% de lo que te has embolsado no es una multa, es una patente de corso para poder delinquir tranquilamente.

    Responder
  • #050
    Gian-Lluís Ribechini - 5 junio 2025 - 08:21

    Como complemento a lo expuesto por Buzzword, en España existe la «el régimen de responsabilidad penal de la persona jurídica» expuesta en el articulo 31 bis del Código Penal. En este caso las multas y sanciones de carácter penal son para la empresa, llegando incluso a la disolución de la empresa.
    Léase p.ej. la doctrina de Fiscalía sobre este tema: https://www.boe.es/buscar/abrir_fiscalia.php?id=FIS-C-2016-00001.pdf

    Responder
    • Dedo-en-la-llaga - 5 junio 2025 - 10:51

      Tonterías, chorradas y gilipolleces que ni se tiene en cuenta, ni se aplican, ni nada que se le parezca.

      Ahora, eso sí, que haya penas a particulares del lado de lo civil por valor de hasta 600.000 euros como si fuesen pesetas, es para auténtica nota, y lo dice todo del supergilipollas del legislador de turno.

      Responder
  • #052
    Carlos Blasco García - 5 junio 2025 - 15:59

    Hola Enrique, desde que escuché una entrevista que te hicieron en Radio Nacional de España sigo cada día tus artículos. Y la verdad sea dicha, me sirven para formar una opinión crítica propia. Gracias por ello.

    Esta es la primera vez que escribo un comentario en tu sitio. Mi opinión es la misma. Hay que responder con la proporcionalidad debida y ello puede incluir, por qué no, la privación de libertad.

    A diario veo situaciones en la que digo (si yo fuera.., si yo pudiera…). Así que, sí, conforme en estudiar cada caso y dar la respuesta proporcionada.

    Un saludo.

    Responder
  • #053
    Ramón - 6 junio 2025 - 01:43

    Esto me recuerda al escándalo de fraude de emisiones de Volkswagen, el «Dieselgate», con 4 directivos con penas de cárcel (no sé si habrán entrado) y muchísimos otros con bonuses gigantescos.

    Responder

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