El Tribunal Constitucional alemán prohibe la retención de datos

Se trata de una vieja batalla, de la que hablamos allá por el año 2005: la lucha contra la retención indiscriminada de los datos de las telecomunicaciones de los usuarios. Ahora, el Tribunal Constitucional alemán, respondiendo a una demanda colectiva planteada por más de treinta y cinco mil denunciantes, acaba de declarar inconstitucional y contrario al derecho al secreto de las telecomunicaciones (gracias, Gonzalo) el almacenamiento indiscriminado de los datos de conexión de comunicaciones telefónicas, localización geográfica  de los usuarios de teléfonos móviles, correos electrónicos y navegación por la red.

Una de las razones de peso esgrimidas contra las iniciativas de retención indiscriminada de datos es el hecho de que no sirven para nada. Las políticas de retención de datos generan volúmenes de información demasiado grandes como para resultar útiles, y no contribuyen a una mayor seguridad, sino simplemente a que aquellos que pretenden llevar a cabo acciones contra la misma utilicen otros canales alternativos. Además, genera un silo de datos que podrían desde ser interpretados erróneamente (falsos positivos), a caer en manos equivocadas para fines completamente ajenos a la supuesta protección de los ciudadanos (ya hubo en su momento voces solicitando el uso de esos datos para perseguir, cómo no, cuestiones relacionadas con la propiedad intelectual). Son medidas caras, que las empresas repercuten en el precio de los servicios a sus usuarios, pero además, completamente inútiles por planteamiento. Intentar crear un estado policial en Internet es, además de caro y peligroso, completamente absurdo. Hay mucha más información en la página de la iniciativa, «Data retention is no solution«, incluyendo documentación en español.

La prohibición no impide, lógicamente, el uso de medidas de retención de datos a personas específicas en función de investigaciones solicitadas mediante orden judicial, ni afecta a aquellas empresas cuyos clientes acepten políticas de retención de datos como parte de las características de un producto o servicio. Lo que hace el Tribunal Constitucional alemán es impedir el establecimiento de estados de vigilancia sobre los ciudadanos en función del uso que hagan de las telecomunicaciones, como ocurre en países que ignoran los derechos humanos como Irán o China. A veces, las batallas por la defensa de nuestros derechos en el nuevo escenario de la sociedad de la información son muy largas, pero acaban llegando a buen puerto.

Decididamente, la prohibición de la retención indiscriminada de datos es una buena noticia, que se inscribe dentro de la tendencia a revisar las medidas que algunos gobiernos irresponsables tomaron en su momento llevados por un injustificado miedo a Internet. En el mismo sentido, cabe destacar el reciente informe del Supervisor Europeo para la Protección de Datos, que el pasado 22 de Febrero calificó las medidas de protección de la propiedad intelectual en Internet de claramente desproporcionadas y de intrusión injustificable en asuntos tan importantes como los derechos individuales a la libertad de expresión, la libertad de información, el acceso a la cultura, a las aplicaciones de la administración pública a través de la red, al comercio electrónico, al correo electrónico y, en algunos caso, a actividades laborales. Un camino de racionalidad y de poner las cosas en su sitio decididamente prometedor.

14 comentarios

  • #001
    Anónimo - 3 marzo 2010 - 08:35

    ¿Y SITEL entonces que?

  • #002
    Enrique Dans - 3 marzo 2010 - 08:45

    #1: SITEL no es un problema en sí mismo. El problema es su control. Un sistema integrado de intercepción de telecomunicaciones es muy útil para controlar determinadas actividades peligrosas, siempre que un juez haya determinado que dicho control debe llevarse a cabo. Por supuesto, el problema es si no se ejerce dicho control, y el sistema acaba siendo utilizado para vigilar a ciudadanos inocentes, para controlar a la oposición, etc. Pero el problema no está en la tecnología, sino en el uso y los controles de la misma. La idea no es «desconectar SITEL», sino determinar si se utiliza o utilizó de manera incorrecta.

  • #003
    Gonzalo Martín - 3 marzo 2010 - 10:01

    No hay de qué. Sabedor de su interés.

  • #004
    Gorki - 3 marzo 2010 - 12:24

    Entiendo que lo que el tribunal alemán prohibe es la retención que pretenden que hagan los proveedores de servicio los gobiernos, con el fin de investigar a toro pasado. la actividad de los usuarios,para el perseguir el P2P y otras actividades ¿delictivas?.

    Ahora bien, tiene mas intención, es decir si google fuera una empresa alemana, ¿podría retener la información de los usuarios de sus servicios?.

    Si fuera así, gran parte de los negocios de Internet se acaban, pues se basan que a cambio de la gratuidad se explotan de los datos de los usuarios del servicio sin conocimiento expreso de ello. Esto en sí, no me parece,ni bien ni mal, como todo tiene ventajas e inconvenientes, pero supone acabar con uno de los pocos modelos de negocio rentables que existen en Internet.

  • #005
    Pit bikes - 3 marzo 2010 - 12:50

    Esto se tendría que aplicar muy mejoradamente en España. Muchas veces 1º contactan y 2º piden perdon…. Si todos hacemos lo mismo…

  • #006
    Juan Ramón Suárez - 3 marzo 2010 - 14:46

    Si yo lo entiendo bien, Windows no podría funcionar en los ordenadores alemanes, puesto que el SO recoge todo tipo de datos sin preguntarnos. ¿O bastaría con que en la licencia dispusiera algo así como que «el programa recogerá la información sobre esto y lo otro, bla, bla, con la finalidad de mejorar el funcionamiento del sistema». Porque si es así, en la práctica, la sentencia (seguramente redactada con Word) es papel mojado (y en Redmond ya la conocen desde hace tiempo). Bromas aparte, ¿algún conocedor del derecho podría matizarme esta cuestión? Muchas gracias y enhorabuena por el estupendo blog y los no menos estupendos aportes.

  • #007
    Feynman - 3 marzo 2010 - 14:47

    Señor Dans, me gustaría saber su opinión sobre la demanda de Apple contra HTC a cuenta del Android en Delaware, US. Este asunto huele bastante mal y puede acabar con Android.

    http://www.theregister.co.uk/2010/03/03/apple_htc_google/

  • #008
    eniac - 3 marzo 2010 - 16:29

    #7 Lo que huele mal son las patentes de software, legales en EE.UU., un auténtico campo minado que es un serio obstáculo al progreso tecnológico en el campo de la informática en aquel país. En Europa, afortunadamente, no están permitidas las licencias de software.

  • #009
    Gorki - 3 marzo 2010 - 17:25

    #8 eniac
    Es cierto lo que dices, pero a pesar de ello, la mayoría de los avances en software nacen en USA y son muy escasos los de Europa, algo más debe influir en progreso tecnológico en el campo de la informática, que hace aquel país sea más adecuado que Europa, pese a las dificultades que plantean las patentes.

  • #010
    gabi - 3 marzo 2010 - 18:00

    Parece un primer paso bastante interesante, sobre todo para que la gente se conciencie acerca de sus derechos pues estamos demasiado acostumbrados a pensar que nuestros ordenadores no nos pertenecen a nosotros sino al dueño del sistema operativo. Y con los servicios gratuitos de Internet, redes sociales, correo electrónico, etc. tres cuartos de lo mismo y deberíamos recordar siempre que nuestros datos nos pertenecen.

    En cuanto a SITEL entiendo que es un problema muy diferente. SITEL es una herramienta informáticca que, en las manos adecuadas (ministerio del Interior, organismos de seguridad o servicios de Inteligencia) seguramente será muy útil para vencer al crimen organizado, al terrorismo, etc. pero el peligro es que sea utilizado por la empresa privada.

    Por ejemplo, la llamada «Coalición de creadores» tiene contratada a Co-peer-right-agency para perseguir a quienes descargan contenidos protegidos por derechos de autor o a quienes publican enlaces que permiten acceder a esos contenidos. El software SITEL ha sido desarrollado por la empresa Ericsson y esta empresa está directamente vinculada en España con el presidente de la Coalición de creadores A. Olcese por lo que podrían tener acceso a la utilización de SITEL para perseguir a quienes ellos entiendan que no respetan su propiedad intelectual. Y, mas aún si tenemos en cuenta que Telefónica dispone también de SITEL y, evidentemente ya ha tomado partido en la contienda contra los internautas que descargan y a favor de un Internet controlado y de pago. Por ello se debería vigilar la utilización de SITEL en nuestro país pues muchos datos que ofrece como ciertos la Coalición de creadores acerca de los hábitos de los internautas españoles y que han llevado a que España sea considerado uno de los países mas «piratas» del mundo podrían haberse obtenido mediante el software SITEL. Copeer-Right-Agency podría estar usando SITEL.

    http://www.abc.es/20091019/medios-redes-web/creadores-contenidos-piden-industria-200910191902.html

    http://www.elpais.com/articulo/portada/CoPeerRight/llega/Espana/luchar/pirateria/elpcibpor/20060119elpcibpor_2/Tes

  • #011
    Angel Ochoa - 3 marzo 2010 - 20:14

    #6, Pues parece que no lo entiendes bien ( O no lo entiendo yo, que también puede ser :) ) porque me da la impresión que se refiere a los datos que pasan por las manos de terceros como los ISP y las compañías telefónicas. Los datos que están en tu PC están en tu poder y puedes decidir cuando desaparecen ( siempre puedes quemar el disco duro o algo asi ).

    Claro que puedo estar equivocado.

  • #012
    asmpredator - 3 marzo 2010 - 22:39

    Desde el momento en que tu PC es una IP en Internet es técnicamente posible que seas espiado, atacado o dañado de mil maneras, pueden seguir tu rastro, tus habitos o el volumen de datos que manejas habitualmente, lo único que impide que te estudien como a un ratón de laboratorio es que les sale muy caro tener un control tan absoluto de las conexiones de los PC, ademas cada usuario puede tener asociadas a su actividad en Internet varias IP (una del trabajo, otra de su casa, otra de los servicios del movil, y quizas alguna mas).
    Lo mas sencillo es seguir el exito que tienen algunas IP que corresponden a páginas de descargas y de allí crear las estadisticas.
    Esperemos que de momento les siga saliendo caro espiarnos, ahora aunque supieran qué me estoy descargando y cuando, con la legislación actual no podrían actuar contra mi sin infringir el derecho fundamental a la intimidad de mis comunicaciones pero si un dia les sale rentable estamos apañados, los derechos de intimidad e inviolabilidad de la información privada se irán por el retrete.

  • #013
    Angel Cabrera - 4 marzo 2010 - 02:16

    ¿Y se podrían llegar a dar esos mismos pasos legislativos en España?

  • #014
    SubSonica - 4 marzo 2010 - 22:42

    Gracias por hacerte eco, Enrique. Por desgracia los ataques contra las libertades (y hoy día solo queda espacio para esas libertades en internet) vienen desde demasiados frentes y este contra el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones, era un toque de alarma (uno más) que había quedado sofocado por otros ataques más recientes como el paquete telecom, la ley Sinde de la patada en el router o las recientes maniobras para imponer el maximalismo totalitarista de la propiedad intelectual (propiedad ficticia=escasez artificial) mediante la extensión de la DMCA estadounidense a nivel global mediante el tratado comercial cuasi-secreto mal llamado «anti falsificación», el infame «ACTA».
    Quieren subvertir la tecnología para volver contra los ciudadanos la técnica mediante la cual internet facilita la libertad de expresión y transformar este medio, en cambio, en instrumento ubicuo de control orwelliano (panoptikon)…

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