Joan Clos y el bando de los que promueven la libertad

Joan ClosInteresante comentario tangencial el de Joan Clos en su entrevista de hoy en El País, titulada «Las compañías eléctricas tienen que rebajar sus expectativas de beneficios«… tan interesante, que me extraña que no haya recibido más comentarios: hacia el final de la charla, el Ministro es preguntado acerca de «la posibilidad de volver a intentar regular las descargas a través de Internet, un tema que obviamente preocupa a los internautas». La respuesta deja poco lugar a dudas:

«No vamos a intentarlo de nuevo. Todo el proceso de las descargas por Internet está creciendo muchísimo y es prácticamente imposible regularlo de manera eficiente. Estamos en el bando de los que promovemos la libertad.»

No sé hasta que punto supone promover la libertad o simplemente, y perdón por la falta de idealismo, promover el sentido común. Lo que sí sé es que hemos tardado mucho tiempo para que un político con responsabilidad en el ramo «cayese del caballo» hasta el punto de darse cuenta de algo así: que las descargas no son ni buenas o malas, ni legales o ilegales… simplemente, son. Son parte del escenario, algo inevitable con lo que la industria tiene que aprender a convivir. Lo siguiente será que, además, el Ministro se dé cuenta de que subvencionar a un sector, el de los artistas, con un canon por copia privada es ofender a las leyes del libre mercado y desincentivar tanto el que se busquen otras maneras de seguir haciendo negocio como el que se eliminen partes de la cadena que ya no añaden valor, como ocurre en cualquier sector de la actividad económica cuando una tecnología disruptiva aparece y es adoptada por los usuarios. El canon, en realidad, no es, como dicen los obvios interesados, defender ningún tipo de cultura, sino más bien subvencionarla, «sopabobearla», convertirla en una acomodada funcionaria, «ponerle un estanco». Ni canon alto, ni canon bajo: simplemente, aprender a vivir con arreglo a las nuevas reglas de mercado, y ajustar los costes y los flujos económicos esperados a lo que ese mercado está dispuesto a pagar, por los conceptos que esté dispuesto a pagarlo. El resto son prebendas: injustificadas, e injustificables.

En cualquier caso, Ministro, es un paso. First we take Manhattan… then we take Berlin.

29 comentarios

  • #001
    RVM - 25 junio 2007 - 20:09

    Ahora que sean los artistas los que se caigan caer del caballo. Joan tiene un saco de dinero para subvencionar. Si no, sus declaraciones «molestarán» a los mismos…Aqui me da que el bacalao ya esta partido…

  • #002
    Gorki - 25 junio 2007 - 20:39

    Rectificar es de sabios y nunca es tarde si la dicha es buena.
    Espero, que no quede solo declaraciones, porque no está en contra, pero tampoco ha dicho que bajar una cancion con P2P sea legal.

    ¿Que pasa?, que dependeremos en cada momento del lado de donde viene el viento. La inseguirdad juridica es típica de paises tercermundista. Don Joan si está convencido de lo que dice, legisle en consecuencia.

  • #003
    kiki - 25 junio 2007 - 21:31

    Y que dice de todo esto Paco Ros que es el secretario de estado de telecomunicaciones y SI?

    Recordad como son los políticos que roban los caramelos a los niños, no se puede fiar uno de ellos y menos de su palabra.

  • #004
    Gorki - 25 junio 2007 - 21:58

    Montilla era un mentiroso, pero a este aun no le hemos pillado en un renuncio, Demosle un voto de canfianza.

  • #005
    tamames - 25 junio 2007 - 22:15

    Siendo socailista lo único que les hace cambiar es la realidad de lo imparable pero esa ineficiencia de los estados para regular lo que nos atañe, sería, más bien, una crítica al estado mismo y su sentido último.
    ¿sólo gano la libertad cuando somos muchos a los que perseguir? Vaya caca de policia. Ahora mismo, todos al Corte Ingles en masa y tonto el último.
    Y luego, tras meter mano en las electricas, les pasa la factura por habersela liado al jefe.
    De todas formas, que se vaya pronto.

  • #006
    SimDalom - Nuevos Medios - 25 junio 2007 - 23:08

    Pues a mí sencillamente me parece demagógico que un ministro que hace dos días decía que tampoco había subido tanto la luz, que no nos quejáramos (CQC del pasado viernes) diga también esto. Sencillamente no se mete en líos, se lava las manos y sonríe.

  • #007
    Heri - 25 junio 2007 - 23:11

    Supongo que la ministra de incultura no opinará lo mismo

  • #008
    Javier Prenafeta - 25 junio 2007 - 23:57

    El canon no lo van a eliminar, simplemente porque va ligado a las copias privadas. Se puede pelear su reducción, que no grabe todos los soportes, su devolución cuando no proceda,… pero no su eliminación incondicional.

    La copia privada es una reproducción sin autorización que se consiente a cambio de una compensación económica. Quita el canon y te quedas sin copia privada.

    O eso, o se cambian tratados internacionales y normativas europeas.

  • #009
    Gorki - 26 junio 2007 - 00:06

    Yo estoy de acuerdo con pagar el canon, incluso mas alto, si ello me da permiso para efectuar copia para mi uso privafo de todo lo que alcance. No tiene sentido pagar un canon por el derecho a copiar y luego te pongan todo tipo de trabas mecanicas y legales a efectuar la copia.

  • #010
    Martin Revert - 26 junio 2007 - 00:27

    Bueno, tal como lo veo desde Argentina (aquí por el sur ni se habla de canon afortunadamente), si el Estado me obligase a pagar un canon me daría el derecho a exigir calidad en los que contenidos al productor de los mismos, o al Estado como ente recaudador. Es decir, si ese canon va a los artistas (habría que ver si es cierto) no estoy tributando un impuesto del Estado sino que de alguna manera pago por un contenido, al bulto, abstracto, pero es un contenido al fin. Pagar por la calidad sonora o visual de un contenido no es poca cosa, en virtud de que si compro un CD o un DVD y el mismo no reune la calidad técnica básica, puedo devolverlo. ¿Cómo cubre el canon esto en el mundo online?. Pues no lo cubre, queda al libre albedrío del download del usuario, por lo tanto estoy seguro que podría prosperar una acción judicial si puedo demostrar que a pesar de tributar canon no consigo el contenido que busco con la calidad que busco en Internet.
    El único modelo que puede soportar correctamente un canon es aquel que suprima el soporte en formato físico y asuma que el único vehículo de distribución válida es online. Ergo, existiendo iTunes (entre otros) un modelo de canon como el implementado en España es absurdo.

    Y fijaos todo lo que se puede decir al respecto sin necesidad de caer en el «ubiquitous speech» de que mis CD en blanco son exclusivamente para fotografías o distros Linux.

  • #011
    Javier Prenafeta - 26 junio 2007 - 01:02

    Martin, con el canon no estás pagando por un contenido, sino una compensación a cambio de la facultad de hacer copias privadas. No hay correspondencia entre contenido y canon. Si pagaras por contenido sería un importe mucho más elevado.

  • #012
    Ohians - 26 junio 2007 - 03:17

    Javier Prenafeta, ¿significa que el canon es una compensación por algo que me permite la ley? ¿No puedo hacer copias (privadas) de seguridad de los contenidos que compro? Si compro contenidos digitales (iTunes, etc.) ¿tengo que pagar un canon para compensar a no sé quien? Por no hablar de los CD/DVD que gasto para copiar las fotos de mis hijos a los abuelos.

  • #013
    Martin Revert - 26 junio 2007 - 06:28

    #11 Javier Prenafeta, quizás puedas iluminarme en mi ignorancia de porqué todo español debe tributar solidariamente por efectuar una copia privada, siendo que es improbable que dicha copia efectivamente se realice.
    Desde mi punto de vista es un impuesto al P2P, y como tal, un devengamiento masivo motivado por la supuesta (y no comprobable) adquisición de un contenido sin la calidad del original y pero desprendiéndose de un monto representativo por el efectivo uso de una supuesta obra original.
    Es decir, absolutamente nada que ver con una copia privada, que inclusive bajo la figura legal de las leyes de Copyright estadounidense, tampoco es delito. De hecho, en EEUU existe lo que se llama la doctrina del «Fair use» que permite la copia privada, siempre y cuando la misma no sea utilizada con motivos comerciales. Aquí si bien la ley estadounidense no define límites, la justicia entiende la copia privada de acuerdo a su «naturaleza de uso» y no por el acto mismo de reproducir la obra sin consentimiento del autor. Sabido es que el Copyright estadounidense es el «padre» de los All Right Reserved del mundo.
    Promover un tributo bajo premisas falsas y ninguna contraprestación material/intelectual como lo ha hecho el PSOE a instancias de la SGAE, aparte de ser una falacia lógica básica, camina por la delgada línea de la ilegalidad.
    Es un proteccionismo amparado por una mentira generalizante.
    Con ese criterio debiera existir canon sobre iPods, pendrives USB y hard disks también.
    Perdón por disentir, pero así se ve desde lo lejos de mi país y así entiendo de acuerdo a lo que he leído que lo ve la mayoría de los españoles de la blogósfera.
    No pretendo ser abogado del pueblo español, pero si estoy seguro que tal como lo está Enrique Dans, que el modelo del negocio artístico ha cambiado.
    No es coincidencia cósmica el regreso de performances en vivo de bandas supuestamente muertas como Génesis, Police, Jackson 5, Soda Estéreo, Spice Girls, etc: Es porque las regalías de las viejas obras ya no son lo que eran con el advenimiento del file sharing digital.

  • #014
    Javier Prenafeta - 26 junio 2007 - 08:53

    Ohians: sí, así es, la ley (art. 25) permite hacer este tipo de copias siempre que se compense. La compensación es un sobreprecio que incluyen fabricantes e importadores de soportes o aparatos, que por supuesto se repercute en el usuario final, eslabón débil de la cadena, pero no es el obligado al pago (lo cual es un contrasentido porque éste es quien hace las copias privadas). Por tanto ninguna infracción comete el usuario si compra soportes o aparatos que no llevan canon ya que no es su problema. Según las entidades de gestión el importe del canon ya tiene en cuenta (en global) estos usos no sujetos, pero algunos tribunales admiten la devolución de este importe cuando no procede, así que va a ser que no es así.

    Martin: no pretendo iluminar a nadie, entiendo que para vosotros sea extraño el concepto del canon si no lo tenéis, por eso lo comento.
    El canon no es un tributo ni lo recauda el Estado, es una obligación de Derecho Privado, aunque la imponga la ley, que recaudan las entidades de gestión para repartir a los autores con un sistema no exento de polémica.
    El copyright de EE.UU. no tiene mucho que ver con el derecho de autor continental, ni siquiera con el de Latinoamérica, así que la comparación no creo que sirva. No digo que nuestra opción sea la correcta, pero es la que es según la ley, así que esa lucha ciega para quitar el canon me parece fuera de la realidad.
    Y voy a disentir otra vez, entiendo que la mayoría de la gente vea el canon como una tarifa plana para compartir archivos, pero no es así. Si el P2P se considera ilegal en España (aunque no es delito), aunque tampoco lo vean así los usuarios pero no hace falta más que leer la opinión de la Fiscalía General del Estado, no puede ser compensado con el canon.

  • #015
    Martin Revert - 26 junio 2007 - 18:13

    Javier, me dices que el Estado no recauda, pero sin embargo promulgó una ley para el canon. No hace falta que participe en el circuito de recaudación para poder implicar que es solidariamente responsable en la imposición de un tributo encubierto de figura privada. Quién administra ese tributo y cómo lo distribuye es otro cantar. Es un tributo y no se puede evitar pagarlo bajo pena de ley.
    Una obligación de caracter privado, o más bien entendida como del Derecho Privado exige en casi todas las leyes internacionales un contrato de partes, inclusive si el Estado pudiera ser una de estas partes. Dado que una de las formas de perfeccionar este tipo de obligaciones internacionalmente es en el momento de una venta (pago de un precio contra entrega de un bien/servicio) me llama poderosamente la atención no haber leído que el pueblo español esté de acuerdo con perfeccionar una contratación de servicios de contenidos sobre los soportes digitales vírgenes por un contenido que no proviene en ese soporte que está adquiriendo. Hay algo allí que no cierra.
    Hubiera sido más lógico aplicarlo sobre el contenido de propiedad intelectual mismo, pero claro, esto aparte de incrementar aún más los abusivos precios de CDs y DVDs originales hubiera sido una legitimación de que se trata de un tributo de características cuasi de proteccionismo fiscales, o mejor dicho, una redada masiva por la imposibilidad de identificar los supuesto culpables de una pérdida de derechos mal entendida.
    Siguiendo esa línea de criterio, no me extrañaría que España aplique un canon a los solteros en concubinato por no poder recaudar ingresos mediante las uniones civiles. Poniendolo en este plano se evidencia aun más lo ridículo de usar el mismo modelo de penalizar lo que no es ilegal.
    Agradezco que el subdesarrollo de Latinoamérica no posea estos artilugios legales innecesarios.
    El canon es una tarifa plana al libre intercambio de cultura en la era digital. Una vez impuesto (eso es el tributo, una figura impuesta) se puede aceptar sin remedio, pero no es imposible ir hacia atrás removiéndolo: La libre distribución de la cultura es un hecho y cuando los soportes físicos dejen de prevalecer el canon dejará de tener efecto. Es por ello que es valiosísima la reseña de Enrique: Si no habrá canon sobre las descargas, el canon de los soportes físcos tiene los años contados.

  • #016
    jincho - 26 junio 2007 - 23:44

    @ 15: Sr. Prenafeta, lo de «»Si el P2P se considera ilegal en España (aunque no es delito), aunque tampoco lo vean así los usuarios pero no hace falta más que leer la opinión de la Fiscalía General del Estado»», ¿Es una frase mal construida, o por el contrario, es calculadamente ambigua?. ¿Es delito compartir archivos via p2p?. Si lo es, ¿En que artículo de la ley lo dice?, ¿ó es sólo su interpretación, de un, ya de por sí confuso y ultra-ambiguo parrafo de determinada ley?. ¿ En que parte del corpus legal de este país dice expresamente que sea el p2p ilegal?

    No me extraña que en Argentina no lo entiendan; Aquí tampoco. Por otra parte, lo de Clos, veremos cuanto le dura, cuanto tarda en desdecirse. Ah! y espero con impaciencia, la siguiente metedura de pata de la menestra de Anticultura, ¡¡¡ Es de un floripondio!!!!.

    Saludos.

  • #017
    MBurns - 27 junio 2007 - 00:14

    Harto ya de estar harto de la SGAE, su canon y de pagar de mi bolsillo las deudas contraidas por el gobierno con los artistas, decidí hace unas semanas comprar mis DVD y CD vírgenes –a los que van a seguir MP3, etc.– en una tienda on-line en Portugal, con lo que conseguí: a) No pagar el canon de la SGAE; b) No pagar el IVA, ya que no se paga entre empresas de la UE; c) Tener precios más baratos; d) Tener gastos de envío de sólo 6€, puesto en la puerta de mi casa o ninguno si el pedido es más alto de cierta cantidad. Es lo que se llama la «democracia del consumo», es decir, yo hago una decisión política –un voto– cada vez que decido cómo gasto mi dinero. Y en esa decisión política ha ido incluido el dejar de pagar el canon abusivo, el dejar de pagar impuestos y el dejar de pagar favores que no he pedido. Supongo que tarde o temprano, si más gente hace lo mismo, será el sector de la distribución el que vaya a ponerle el grito en el cielo al gobierno para que abandone ya lo del canon, para no perder ellos ventas. Yo no puedo hacerlo, ellos sí.

  • #018
    tamames - 27 junio 2007 - 01:15

    MBurns
    Definitivo, al carallo con las mafias de las sectas ideologícas.

  • #019
    Javier Prenafeta - 27 junio 2007 - 08:31

    #15: No es un tributo. Si no lo pagas te demandan ante los tribunales civiles.

    #16: Mmm, vale, puede que no se entienda bien.

    Por simplificar, ya que de esto ya se ha hablado mucho, compartir ficheros por P2P implica un acto de comunicación pública (puesta a disposición de contenidos), que requiere autorización por parte de sus titulares, y no se ampara en la copia privada (antes para mí tampoco, pero tras la última reforma de la LPI este argumento no lo defiende nadie).

    Como no se pide autorización es un ilícito civil (infracción de la LPI). No es delito porque no hay ánimo de lucro directo.

  • #020
    Sergio Carrasco - 27 junio 2007 - 10:10

    Por supuesto, solo faltaría que establecieran un tributo para cumplir un objetivo tan privado como es el del canon (la remuneración a los autores por la excepción a sus derechos).

    Las redes P2P no tienen por qué ser ilegales, otra cosa será el contenido, no voy a negar cuál es su mayor uso. No obstante, el cambio de simples sujetos pasivos en la red a sujetos que al mismo tiempo reciben y transmiten forma parte de la Red 2.0.

    Respecto a la infracción civil, dependerá del caso, y en mi opinión no se puede generalizar de esta forma. Pese a que podemos interpretar que la puesta a disposición de los archivos que realizan de forma automática de las redes P2P puede suponer comunicación pública (en una interpretación algo forzada en mi opinión), en determinadas resoluciones de otros países ya se ha podido observar que la forma de funcionamiento del P2P no siempre es interpretada de esta forma. En muchos casos se ha tenido en cuenta el desconocimiento, e incluso la oposición misma a compartir. Pienso que dada la importancia que reciben las redes P2P a la hora de acceder a la información, creo que resulta «extraño» el establecer como un ilícito civil un acto la base principal del cual no es el compartir, sino el acceder a la propia información, estableciendo una diferenciación tan grande con la simple descarga (al menos desde un punto de vista social). En mi opinión, la copia privada no viene dada por su origen (sea a través de la posesión del original, o accediendo a través de Internet), sino por su destino.

    No obstante, que conste que tampoco puedo decir tajantemente «esto no constituye ilícito civil».

  • #021
    fiero - 27 junio 2007 - 14:16

    Se ha eliminado el post de merodeando.com de la busqueda en google de la palabra «ladrones». El título del post era SGAE=ladrones y se limitaba a explicar el fenómeno del googlebombing sobre la tan aclamada sociedad de gestión.

    Una cosa es limpiar los googlebombings de sus resultados (discutible para muchos), y otra eliminar ciertos resultados porque no gusten a cierta gente con mucha pasta que gastar (dinero robado).

    Lo mismo que se crearon cientos de post con cierta clave alfanumérica, ¿por qué no se crean ahora cientos de post con el titulo «SGAE=ladrones» haciendose eco del caso de merodeando.com? Es una idea…

    saludos

  • #022
    Javier Prenafeta - 27 junio 2007 - 15:05

    Sergio, me refería a contenidos protegidos por copyright, que constituyen la inmensa mayoría de archivos que la gente comparte.

    La propia descarga (en estos casos) ya es un acto ilícito con la última reforma de la LPI, que cambió el concepto de copia privada y de comunicación pública. Ni siquiera hay que valorar el hecho de compartir.

  • #023
    Gurusblog - 27 junio 2007 - 17:41

    ¿Pero realmente alguien cree que Clos sabe de lo que está hablando? Además en la frase que dice se contradice, esta a favor de la libertad, pero no lo regulan porque simplemente no pueden ya que el tema es muy complejo.

  • #024
    Sergio Carrasco - 27 junio 2007 - 18:31

    En esto te doy toda la razón Javier, por eso mismo no entiendo como ahora dice lo de «no vamos a volver a intentar regular», al poco de establecer cambios al respecto. Pero en fin…

  • #025
    jincho - 27 junio 2007 - 23:26

    #22 y #24. Sergio, y Javier: Interesantes vuestros comentarios, y vuestros respectivos blogs…
    Quisera plantearlo desde otro punto de vista, el de una persona no versado en derecho. Bueno, es evidente que J. Prenafeta tiene razón cuando dice que «»me refería a contenidos protegidos por copyright, que constituyen la inmensa mayoría de archivos que la gente comparte»». Del mismo modo, que es evidente que los precios de las versiones analógicas: cds de audio, dvds de video, etc, están por la nubes de forma escandalosamente artificial ( Y no establezo justificación entre ello ni causa alguna…).
    Creo que hubo una sentencia de una jueza que decía que compartir archivos era algo admitido socialmente. Es evidente que el uso de sistemas p2p para compartir archivos, si fuese delito punible penalmente llevaría a la carcel a … ¿cuantos millones de ciudadanos? ( Tampoco aquí quiero establecer explicitamente justificación alguna).
    Pero, ¿Y si fuera el propio sistema de derechos de autor el que está desfasado? Casos clásicos hay muchos: el Bolero de Ravel, cuyos derechos nunca fueron ni son de Ravel, el insistir una y otra vez en llamarlos «derechos de autor», cuando los autores pintan poco y debería llamarse en realidad Ã?·derechos de editor»; la excesiva duración temporal y familiar de los «derechos»: Si extendemos el derecho a cobrar a los familiares de los artistas, ¿podría yo ir a cobrar a los más de 2000 hogares en los que mi padre instaló unos «artísticos» sistemas de comunicación inter-estancias – ó sea puertas…? etc…
    Creo sencillamente que es el propio sistema de «presuntos» derechos de «presuntos» autores, el que hace aguas. Tomar algo del mundo analógico y adaptarlo y readaptarlo al digital produce estos absurdos…¿Cual es la solución?, No lo sé. Pero no creo que criminalizar a tus posibles clientes sea buena opción; más bién es algo que encabrona, y mucho, al personal. De hecho, por ejemplo es mucha la gente que establece el razonamiento (incorrecto, ya lo sé), de que «el canon justifica que te puedas bajar lo que quieras total, ya pago en el canon»… Pienso que este es un error de la propia industría, que en vez de moverse con rapidez a los medios digitales (como itunes, por ejemplo), intenta coacionar una y otra vez a sus propios posibles clientes.

    Lo de Clos, bueno, como si lo dijera Mr. Propper: En realidad aquí cada vez los políticos pintan menos. Esto ya es una lucha entre la sociedad en general y una absurdas entidades que defienden unos derechos anticuados.

    Se que puedo estar equivocado en mis planteamientos desde el punto de vista legal, pero, Joder, uno acaba hasta las pe###as, de comprobar que en efecto, el sentido común es el menos común de los sentidos..

    Saludos.

  • #026
    Sergio Carrasco - 28 junio 2007 - 00:52

    jincho:

    Tranquilo, el punto de vista Penal resulta bastante claro, el problema esta ante la posible existencia de un ilícito civil si entendemos que realmente estamos realizando una comunicación pública al compartir los archivos que nos vamos descargando (la base del P2P). El derecho penal no está para estas cosas (criminalizar sin ton ni son), pero eso no implica automáticamente que cualquier descarga esté plenamente amparada por la Ley.

    Por otro lado, y con el simple ánimo de ser puntilloso (pero de buen rollo, por supuesto jeje), estamos hablando de pasar de soportes «físicos» a simples bits compartidos por la red, no de analógico a digital. Recuerda que los soportes que mencionas ya cuentan con la información en digital. Esto la verdad ha facilitado mucho el crear los archivos originales que se ponen a disposición a través de P2P, al simplificar los pasos necesarios para obtener dichos archivos digitales.

    También comparto tu opinión, el modelo de los derechos de autor necesita una actualización real para reflejar un cambio en la sociedad muy importante desde la entrada a nivel general de la banda ancha en nuestro país. El problema es el cómo se haga, por supuesto.

    Veremos cómo se va desarrollando el tema en el ámbito legislativo, pero está claro que opiniones siempre las hay diversas y, pese a todo, debemos respetar las otras, razonando cuando así sea necesario.

    Un saludo,

    Sergio

  • #027
    jincho - 28 junio 2007 - 01:58

    Ok, Sergio, gracias por la precisión. En el caso de cds y dvds me refería, y debería haberlo puesto así, al paso de «bits enlatados en un soporte físico» a «bits libremente accesibles en red y sin soporte físico necesariamente». Sin embargo, el poner analógico no ha sido un deslíz, sino algo intencionado. Siguiendo a Nicholas Negroponte en «Being Digital», esto es sólo el principio, y quedan muchos más sectores que tendrán que renovarse ó directamente morir y dar lugar a otros nuevos. Pienso en que pasará si se popularizan en precio, calidad y prestaciones, por ejemplo, los lectores de ebooks, y el golpe que ello sería para el sector de edicion de libros en papel(digamos, analógico), pero no es el único, En mayor ó menor medida todos los sectores que tengan que ver con el intercambio de información se pueden ver afectados: música y cine, ya lo están, pero, libros, prensa, y, ¿ por qué no?, la propia educacion universitaria… quien sabe, ¿no?…

    Leo en internautas.org que las asociaciones tipo sgae vuelven a la carga intentando colarnos en la leyes algúna versión del famoso 17bis….¿Que opinará Clos de ello?; creo que le ha durado poco su palabrería…..

    Por último, aún entendiendo la diferencia entre ilicito civil y delito penal, me parece que la ley es lo suficientemente ambigua como para que corran rios de tinta ( ó bits, según se tercie…) sobre esto. No está claro, en definitiva, si el poner a disposición de los demás usuarios de una red p2p un archivo, es un acto de comunicación pública ó no. Por poner un sólo ejemplo: supongamos que me descargo un discurso en chino de Mao (De china, no el de la cerveza…), y desde el inicio de mi descarga, se conectan otros 300 usuarios, que sean habitantesde china con IP de china, y otros 300 habitantes de taiwan, y ellos comienzan entonces a coger partes de las que yo he descargado. Si en mi país, se considera comunicación pública, pero en china es obligación descargarse dichos discursos ¿Estoy cometiendo un ilícito civil?; Ah!, pero en Taiwan, por ejemplo supongamos que descargarse un discurso de Mao está penado con la pena de muerte, ¿Pedirían las autoriaddes taiwanesas mi extradición tal cual si yo fuera de alqaeda?; ¿debería clonarme para responder a tan diversas situaciones legales ?

    Pienso que el famoso articulado de la ley es calculadamente ambiguo, con una maldad digna del malo-malísimo de Spectra luchando contra James Bond….

    Saludos….

  • #028
    Javier Prenafeta - 28 junio 2007 - 10:51

    El discurso populista es que hay una crisis de la industria musical porque los precios de los discos son elevados y no se han adaptado a las necesidades del usuario (iTunes y otros han llegado demasiado tarde), así como un movimiento revisionista del concepto de propiedad intelectual (en realidad, de los derechos de explotación).

    No dudo que parte de eso sea verdad, pero sólo en parte, pero es curioso que estos argumentos, junto con el de la difusión de la cultura, hayan surgido después de la masificación del P2P. Mi opinión es negativa. Creo que la mayoría de la gente que se descarga gratuitamente contenidos de pago lo hace simplemente porque puede. Es fácil, es rápido, la calidad es suficiente y no se persigue. Su extensión, así como la enemistad que ha generado la SGAE, ha hecho que además no exista un reproche social, llegándose a admitir como normal o incluso bueno.

    No se podrá parar el P2P, pero sí se buscarán otras formas para compensar las pérdidas. Algún intermediario caerá por el camino, pero la industria no se irá al garete por esto.

  • #029
    Sergio Carrasco - 28 junio 2007 - 11:53

    Yo entendería que el canon se repartiera, por parte de algún órgano especializado de la Administración, entre los autores. En el caso de que sobrase algo, utilizarlo con determinadas funciones sociales relacionadas con el propio acceso a la cultura. Supongo que una gran parte del recelo viene dada por la gestión de esta cantidad, que pese a no ser realmente un tributo, mucha gente lo ve como tal, como una cantidad impuesta y gestionada por una entidad ajena a los poderes públicos (pese a que la realidad no sea ésta exactamente).

    #Javier Prenafeta

    Está claro que mucha gente descarga gratuitamente porque puede. Ahora mismo cualquier persona tiene en su ordenador el Emule, y una cola de archivos enorme que no saben ni qué hacer. Mucha gente incluso realiza actividades muy dudosas, como descargarse Adobe Photoshop para realizar una simple modificación que cualquier programa gratuito (como Gimp) podría realizar de forma igualmente efectiva.

    Respecto a los contenidos audiovisuales, las versiones comprimidas son en algunas ocasiones, superiores a las reconocidas en los soportes físicos. En España algunos DVD tienen bitrates inferiores, recortadas por ambos lados para adaptar a 4:3, y eso favorece que algunos usuarios prefieran descargarse montajes realizados por fans (ediciones HD con el audio en castellano de los DVD por ejemplo), favoreciendo aún más este tipo de redes.

    Respecto a la enemistad de la SGAE, creó que viene dada por algunas afirmaciones que ha realizado, en las cuales ha utilizado un tono demasiado «prepotente». En temas como éstos, la política es muy importante, y se puede decir lo mismo de varias formas. No basta con ser bueno, sino además hay que parecerlo (no vamos a entrar de nuevo con la polémica de SGAE buena, SGAE mala).

    #Jincho

    Hay que tener cuidado con el lugar en el que se entiende practicada la acción, a la hora de aplicar una determinada normativa. Respecto a la ambigüedad de la Ley, esto ayuda a poder realizar interpretaciones acordes con el momento, con lo cual no hace falta modificarla sin ton ni son. Es lo mismo que sucede con la Constitución, que sí, muy consensuada, pero eso no quita que sea claramente ambigua en muchos aspectos.

    Saludos,

    Sergio

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