Artículos sobre copyright
La propiedad intelectual debe ser redefinida
Escrito a las 1:33 pm
Se ha convertido ya en una verdad a gritos: las leyes actuales que definen y gobiernan la propiedad intelectual se han convertido en algo inútil, absurdo, causante de flagrantes incoherencias, incompatible con el progreso y responsable de todo tipo de problemas, que van desde injustas sanciones a inocentes hasta la muerte de miles de personas. La propiedad intelectual en su acepción actual es la gran piedra, el gran escollo en el medio del panorama del progreso. El nivel de hipocresía necesario para defender a día de hoy la propiedad intelectual tal y como fue concebida en la era anterior al desarrollo de la sociedad de la información es ya tan elevado, que únicamente aquellos que se benefician de la misma se atreven a sostenerlo sin que se les caiga la cara de vergüenza.
A día de hoy, la propiedad intelectual ya no sirve para justificar un incentivo a los creadores: sus creaciones, que sin excepción, se asientan en las de muchos otros anteriores formando parte de un producto social, no reciben la protección que demandan en un mundo en el que los bits circulan libremente sin restricción posible. Ni siquiera la doctrina Sarkozy, que pisotea algo tan básico en los países civilizados como el derecho a la privacidad de las comunicaciones, consigue parar lo que es por naturaleza imparable. Cuando el avance de la tecnología desequilibra de manera permanente la ecuación, la idea de promover el desarrollo de nuevas ideas restringiendo la libertad de otros para utilizarlas se convierte simplemente en un contrasentido, en algo que ya no beneficia a quien supuestamente tenía que beneficiar, ni incentiva los fines que debía incentivar. Algo que, por universal y asentado que parezca, por muchos convenios internacionales que invoque, resulta completamente absurdo y cómplice intentar mantener.
La noción actual de propiedad intelectual resulta más ridícula cada día que pasa, con cada noticia que lees: persecuciones dignas de la Santa Inquisición, largas manos de turbios personajes que convierten en ilegal lo que hasta entonces era comportamiento general y aceptado, subterfugios legales constantes para intentar mantener vivo al zombie, juegos sucios para subvertir la voluntad popular y legislar en contra de sus intereses… Mires donde mires, todo forma parte de la misma gran mentira, impulsada únicamente por sus beneficiarios y sostenida por la complicidad de unos políticos que no saben y que no quieren ver más allá.
Un reciente informe, “Toward a New Era of Intellectual Property: from Confrontation to Negotiation“, subraya la imperiosa necesidad de redefinir los términos de la propiedad intelectual para adaptarlos a los tiempos en que vivimos. Una alternativa a quienes, directamente, abogan por su directa abolición. Voces que, sin duda, habrá que escuchar y tener en cuenta en un debate que aparece como una tarea imposible, por los importantísimos intereses económicos que lo impiden y la magnitud del consenso que sería preciso alcanzar para el mismo. Sin embargo, una cosa es clara: empeñarse en defender las teorías clásicas no nos lleva a ningún sitio, más que al sinsentido, al beneficio de unos pocos interesados y al perjuicio del progreso en general.
Hipocresía en la vida moderna
Escrito a las 11:40 am
Por mucho que nos hayamos acostumbrado a verlo de manera completamente natural, no deja de llamarme la atención la profundísima y patente hipocresía de la vida moderna. Hablo con frecuencia con políticos, con profesionales, con personas de la calle, y en todos los casos, a partir de un cierto nivel de uso de Internet, todo el mundo utiliza Internet para bajarse música, películas y básicamente lo que les viene en gana. Todo el mundo. De manera completamente natural. Con diferentes patrones de uso, unos más regulares, otros más intensos… el que “se lo bajó todo” durante una temporada de uso muy intenso pero ahora lo usa menos, el que lo hace de manera aislada, el que no lo desconecta en todo el día, el que no lo hace porque no sabe pero lo hacen sus hijos… No hablo necesariamente del P2P, de la mula ni del torrent: hablo de buscar en Google, de descargar videos de YouTube, de RapidShare y Megaupload, de pasar una canción por Bluetooth en el patio del colegio… hablo de que, en la red de hoy, los contenidos son tan, tan profunda y fácilmente accesibles en todo momento con un simple clic, que el que paga simplemente lo hace porque le da la gana. Que no digo que esté mal, me parece perfecto que alguien escoja iTunes o cualquier otro sitio de pago porque le apetece, porque no se quiere molestar en buscar o porque se siente más a gusto pagando, pero que la opción de descargar gratis está ahí y está accesible de manera ubicua es completamente real, es premisa cierta. Y a medida que pasa el tiempo y cuando ya tenemos la perspectiva suficiente como para apreciarlo, la facilidad es cada vez mayor.
La veracidad del argumento la compruebas cada vez que hablas, por ejemplo, con políticos. Todos ellos admiten, tras preguntarlo de la manera adecuada, que se bajan contenidos de la red por todo tipo de métodos. Ellos, sus hijos, sus amigos… todo el mundo que quiere y sabe hacerlo. Lo admiten, y si eres “de los que saben de eso”, hasta te preguntan dudas, trucos y sistemas que lo optimicen entre guiños de complicidad. Sin embargo, todos sin excepción se ponen la máscara a la hora de legislar: deciden ignorar la realidad, dan la espalda incluso a lo que conocen por experiencia, hablan de “piratería”, afirman que “es terrible”, que “pobrecitos artistas”, que “la música se muere”, que hay que “compensar a los creadores”, que se “destruye valor”… todas las mentiras habituales, una detrás de otra, como quien lee un guión malo. Al ser presionados por los lobbies de los artistas, de los editores, de los intermediarios de la propiedad intelectual o de esos que se hacen llamar “creadores” en modo excluyente como si el resto no lo fuéramos, los políticos ponen gesto contrito, esconden esos argumentos del tipo “es que tenéis que adaptaros a los tiempos” que en algún momento les pasaron por la imaginación pero que no terminaron de cuadrar bien, y se alinean para legislar estupideces inútiles y sin sentido como perseguir a los ciudadanos, anular derechos tan basicos como el de la intimidad, nombrar vigilantes a los prestadores de servicios de conectividad, cortar el acceso a la red, llevar a juicio a quienes hacen lo mismo que ellos, confundir términos interesadamente entre quien tiene ánimo de lucro y no lo tiene, etc.
La palabra es “estupor”. Por mucho que un político sea alguien a quien se paga por poner cara de “A” mientras dice “B” y piensa “Z”, el nivel de hipocresía y de falsedad al que hemos llegado es tan profundamente absurdo, tan de pastiche, de sainete, que por algún lado se tiene que romper. No podemos seguir aceptando sin pestañear que exista una industria que por un lado se aproveche de los creadores, de los que realmente generan el valor, mientras por otro pone en el mercado productos innecesarios y del siglo pasado, y además se lo lleven crudo por métodos tan simples como robarnos con permiso de la ley cada vez que compramos determinados productos. Que hacer dos clics en dos vínculos de mi navegador sea una acción ilegal, pero estafarme diez euros por una tarrina de CD que vale ocho no lo sea es un contradiós tan grande y tan absurdo que simplemente clama al cielo.
¿Somos todos conscientes de que todos esos argumentos sobre la propiedad intelectual son hoy en día basura incomestible, inútil en los tiempos que corren y que es preciso reescribir de arriba a abajo? ¿Que el Convenio de Berna se escribió en una época en la que Internet no existía, y hoy solo vale para legitimar que algunos se sigan enriqueciendo sin generar valor alguno? La respuesta es sí: son conscientes, del primero al último, incluyendo a políticos, artistas y hasta sociedades de gestión. Las discográficas y las productoras suben sus propios contenidos a las redes P2P para que circulen mejor y más rápido, pero todo da igual, aunque bajárselos de ahí sea presuntamente ilegal. Todo vale. Mientras dure, duró. Paguemos entre todos su negativa a reinventarse, que es más fácil seguir como estamos y eso de reinventar da mucha pereza. Sea injusto, sea absurdo, o tengamos que mantener el gesto hipócrita detrás de la careta, aquí lo importante es lo importante: que podamos cambiar las leyes a nuestro antojo mediante métodos tan viles y alucinantes como las “enmiendas torpedo” introducidas por la puerta de atrás (ironía intencionada) o que podamos chupar del bote noventa y cinco años en vez de cincuenta. Cada día que pasa, con cada nuevo intento de cambiar la ley, de redefinir la verdad, de recortar libertades o de anunciar el apocalipsis, se nos queda más cara de imbéciles, se nos agota el recurso a la sorpresa. Es contrario a la lógica, al sentido común, y a todo lo que se nos ocurra. Es, simplemente, la hipocresía en la vida moderna.
IO Group contra Veoh y las similitudes con el caso Telecinco contra YouTube
Escrito a las 10:24 am
En la legislación norteamericana ya tenemos un precedente claro con respecto al caso Telecinco contra YouTube, es decir, un productor de contenidos procediendo contra un sitio de vídeo online: en este caso, se trata de IO Group, una empresa de contenidos para adultos, que lleva a juicio a Veoh por haber hallado contenido suyo sujeto a derechos de autor y disponible libremente en el sitio, a pesar de que las takedown notices que emitió sobre sus contenidos correctamente identificados fueron atendidas con prontitud. El caso lo comenta TechCrunch en “Transcoding is not a crime, says court in Veoh porn case“, además de facilitar acceso a la sentencia completa del mismo, con enormes parecidos con la que yo poseo del caso en el que participo.
El veredicto, emitido por el juez Howard Lloyd, deja meridianamente claro que Veoh simplemente establece un sistema mediante el cual un software procesa de manera automática contenidos suministrados por los usuarios y le proporciona un nuevo formato en el que resulta fácilmente accesible para éstos, pero que no tiene nada que ver ni con los contenidos, ni con la supervisión de éstos, ni con nada que vaya más allá de la ejecución de un proceso automático iniciado por los usuarios. Concretamente, el texto de la sentencia dice:
“Here, Veoh has simply established a system whereby software automatically processes user-submitted content and recasts it in a format that is readily accessible to its users. Veoh preselects the software parameters for the process from a range of default values set by the thirdparty software…ButVeoh does not itself actively participate or supervise the uploading of files. Nor does it preview or select the files before the upload is completed. Instead, video files are uploaded through an automated process which is initiated entirely at the volition of Veoh’s users.”
En el caso Telecinco contra YouTube, uno de los principales argumentos de la parte acusatoria era precisamente que YouTube desarrollaba un papel editorial y de supervisión de los contenidos, aportando supuestas pruebas como el incluir vídeos en listas de “Lo más visto”, “Lo más comentado”, extracción de thumbnails o utilización como soporte publicitario, funciones que, obviamente y como cualquiera que haya manejado aplicaciones en Internet conoce, se crean y desarrollan de manera completamente automatizada. Igualmente, pretendían hacer a YouTube responsable de la eliminación de sus contenidos sin siquiera identificarlos adecuadamente y arguyendo que la empresa eliminaba, por ejemplo, otros contenidos considerados inadecuados, una función que YouTube desarrolla gracias a la participación de la comunidad de usuarios que marcan dicho contenido de manera participativa.
Veredicto claro y contundente: el sitio de vídeo no es responsable de los contenidos que sus usuarios suministran, no está obligado a soportar la carga de su supervisión, y tiene simplemente que facilitar la eliminación de aquellos contenidos cuyos derechos de autor sean reclamados por terceros tras una identificación correcta y efectiva de los mismos. Frente a las declaraciones grandilocuentes y mediáticas de Paolo Vasile comparando a YouTube con el top-manta, la contestación en forma de evidencia judicial.
ACTUALIZACIÓN: Ya hay comentario de la sentencia en el WSJ, que resalta especialmente el parecido de la misma con otro caso que espera sentencia, el de Viacom vs. YouTube. Igualmente, TechCrunch ha sacado un segundo análisis muy interesante con las posibles consecuencias de la sentencia.
Cuidado con ese gatillo fácil…
Escrito a las 3:41 am
Atención a la importante noticia de Wired, “Judge: Copyright Owners Must Consider ‘Fair Use’ Before Sending Takedown Notice“: un juez norteamericano, Jeremy Fogel, en una decisión pionera en su género, ha sentenciado que en lo sucesivo, los propietarios de copyright estarán obligados a considerar la posibilidad de que la utilización de sus materiales esté teniendo lugar con arreglo al llamado fair use (uso legítimo o uso razonable) antes de enviar una demanda de retirada de contenidos (takedown notice) a páginas de alojamiento y compartición de vídeos en Internet.
La sentencia, que autoriza a las víctimas de falsas demandas de retirada de contenidos a buscar las correspondientes compensaciones, intentará detener las oleadas de abusos que los gestores de derechos de autor estaban protagonizando mediante el procedimiento de enviar takedown notices a diestro y siniestro contra todo contenido que les resultase molesto, incluidos casos de parodia, crítica, uso educativo o periodístico, convirtiéndose así en una patente amenaza contra la libertad de expresión. En lo sucesivo, en lugar de recurrir al “gatillo fácil”, tendrán que estimar cada caso, pensar si entra dentro de los supuestos de fair use - que liberan al usuario de la obligación de pedir permiso al propietario de los derechos - y proceder a solicitar la retirada únicamente en los casos que no lo sea. Algunos abusos recientes incluían el caso de Stephanie Lenz, una madre norteamericana que vio como un vídeo de su bebé bailando fue eliminado de YouTube porque contenía treinta casi inaudibles segundos de la canción “Let’s go crazy”, de Prince, o la retirada de los vídeos en los que Beyoncé aparecía cayéndose en un concierto con la excusa de que podía escucharse de fondo la canción que estaba interpretando (comentadas anteriormente aquí).
Para determinar si un uso es legítimo se utilizan variables como la cantidad de obra original utilizada, el posible daño al mercado del contenido original, o si el nuevo material generado constituye una parodia. La mejor forma que he visto hasta el momento de explicar el concepto de fair use está en este vídeo de Eric Faden, profesor de Bucknell University, en el que utiliza precisamente fragmentos de películas de Disney, una de las compañías que defienden el copyright de un modo más intimidatorio.
En España, el paralelismo sería claro: en el caso Telecinco contra YouTube, ya comentado aquí anteriormente en esta página y hoy por Daniel Rodríguez Herrera en Libertad Digital, la petición por parte de Telecinco de que YouTube retire la totalidad de los materiales que aparezcan en el buscador al introducir palabras como “Telecinco” o cualquiera de sus programas (incluyendo partículas tan genéricas como “Está pasando”, “Diario de”, “Caiga quien caiga” y muchas más, como nombres de actores o incluso programas que no son comercializados en exclusiva por dicha cadena) sería una demanda claramente abusiva, al no tener en cuenta dichas posibilidades de uso legítimo o, en este caso, incluso usos no relacionados de los términos mencionados. El uso abusivo de estas demandas de retirada de contenidos, incluyendo de forma evidente contenidos sujetos a fair use, debería ser considerada como un caso de “matonismo judicial”, como un intento de perjudicar de manera injusta al demandado, una situación que debería ser adecuadamente corregida: si quieres ejercer tus derechos sobre tu propiedad intelectual, cuestión completamente legítima, identifica claramente el material sobre el que quieres reclamarlos, y comprueba que quien los usa no se está acogiendo a un uso legítimo de los mismos. Y si te equivocas, ojo: tendrás que indemnizar adecuadamente.
Sobre los jueces y la ignorancia
Escrito a las 11:08 pm
Hace unos años, en Junio de 2005, por iniciativa de Fernando Fernández Martín, en aquel momento Vocal del Consejo General del Poder Judicial tristemente fallecido muy poco tiempo después, tuve la oportunidad de impartir una jornada en la Escuela Judicial de Verano sobre “Incidencia de las Nuevas Tecnologías en la Justicia”, específicamente dedicada a los temas relacionados con la propiedad intelectual. Recuerdo aquella jornada con mucho cariño: había conocido a Fernando, juez joven y lector habitual del blog, tan solo unas semanas antes del evento, cuando me invitó a comer para darme detalles sobre el evento, y me había llamado la atención su inquietud por crear conocimiento entre la Judicatura sobre los cambios que la difusión de las tecnologías traían consigo, los nuevos usos y costumbres, las posibilidades que ofrecían… Recuerdo haberme encontrado completamente cómodo hablando con él, una persona que no tenía miedo ninguno a reflexionar sobre ese tipo de temas usando ese sentido común que tantas veces resulta ser el menos común de los sentidos… La jornada, que tuvo lugar en el Pazo de Mariñán, en La Coruña, ante unos sesenta jueces, fue un completo éxito de crítica y público, además de resultar disruptiva y enormemente disonante con respecto al resto de los contenidos impartidos en el curso.
Desde hace cierto tiempo, y muy vinculado con mi contacto con el estamento judicial en aquella ocasión, vengo observando con preocupación algunas resoluciones judiciales relacionadas con el ámbito de Internet y las nuevas tecnologías. Mi preocupación viene dada por la más que patente ignorancia de muchos jueces en lo tocante al funcionamiento de Internet, la red y la tecnología en general. Un desconocimiento grave, acrecentado por una fortísima labor de intoxicación llevada a cabo de manera sistemática por entidades de gestión de derechos de autor, en cursos como aquel en el que excepcionalmente tuve el gusto de participar gracias al hecho de que Fernando Fernández Martín había caído en mi blog y se habia aficionado a su lectura. Y la base de mi preocupación es tan simple como contundente: ¿debe un juez intentar juzgar algo para lo que no está preparado? Mi preocupación es genuina: no pretendo discutir las competencias de la Judicatura, sino partir de la base de que las circunstancias que acompañan al desarrollo de la tecnología son complejas, multidimensionales, y que mantenerse actualizado es, en sí, una tarea que puede en muchos casos exceder la preparación de muchas personas, independientemente de sus capacidades. No se trata de acusar a los jueces de ignorantes, sino de plantearse, como un interesante ejercicio en democracia ante el único poder del Estado que no es elegido democráticamente, cuáles son las competencias que debe tener una persona para juzgar determinadas circunstancias, y que circunstancias con claramente poco deseables en ese sentido.
Una oposición consiste, como muchos lectores seguramente sepan, en un fortísimo ejercicio de las facultades de la memoria. Para llegar a juez, un opositor debe ser capaz de “cantar” unos cuatrocientos temas a gran velocidad, alcanzando así un fortísimo conocimiento de unas leyes en cuya aplicación consiste su trabajo. Sin duda, conocer las leyes a ese nivel es un requisito importante a la hora de llegar a juez. Pero también cabe plantearse hasta qué punto la preparación y las habilidades desarrolladas incluyen otros temas igualmente importantes: el ejercicio del sentido común, la capacidad para argumentar y la madurez a la hora de plantearse la aplicación de dichas leyes, sobre todo cuando circunstancias como el progreso tecnológico fuerzan fuertes cambios en el sistema de referencia.
No se trata de desacreditar al juez, pero sería cuestión de plantearse hasta qué punto nos tutela de forma eficiente un sistema judicial que no solo comete pecados de ignorancia y de falta de preparación para la toma de decisiones en un entorno en el que carecen de sistemas de referencia, sino que además resulta permanentemente influenciado o intoxicado por aquellos lobbies que tienen mayor llegada a dicho colectivo. Las sociedades de gestión lo saben bien: pocas acciones hay tan provechosas como invertir en cursos para los jueces, e intentan desarrollar esa labor con profusión. Y seguramente la solución no pasa por la verticalización en forma de creación de un cuerpo específico para ese tipo de entorno, sino por el desarrollo de una formación equilibrada, en la que quepan diferentes interpretaciones y puntos de vista, y que se incorpore al bagaje de conocimientos y habilidades de los jueces de una manera progresiva y natural, en lugar de recibir la interpretación unívoca e interesada de quienes, además, obtienen un importante beneficio económico a resultas de ello. Si los jueces no obtienen una preparación actualizada, no desarrollan sus habilidades de aplicación y argumentación de las leyes en determinadas situaciones, y además se dejan influenciar de manera repetitiva por la parte más interesada, es posible que la salud del estamento judicial y las garantías para el ciudadano de obtener un juicio justo estén dejando en España mucho que desear.
Defiéndete de la SGAE
Escrito a las 7:28 am
Vía Mangas Verdes, he llegado hasta EXGAE, un servicio de asesoría planteado para la cada vez más patente necesidad de los ciudadanos de defenderse de la SGAE y para que los autores, esos cuyos intereses la SGAE dice defender, puedan “cambiar de repertorio” y tener una vida razonable al margen de esa sociedad y sus permanentes presiones basadas en métodos del pasado.
Se presentan el próximo 14 de Mayo, y son una propuesta que proviene de una amplia base social y de asociaciones, como no podía ser de otra manera cuando hablamos de reaccionar para defendernos de la entidad más odiada de toda España, más cinco colaboradores y tres servicios jurídicos que responden a consultas por unos módicos diez euros cada una.
Este tipo de reacciones no surgen por casualidad. Algunos deberían plantearse a qué intereses sirven cuando a pesar de las numerosas irregularidades detectadas en su gestión, reconocen a esta asociación como interlocutora y le otorgan el papel de hacer y deshacer en su ministerio…
Hablando sobre el canon digital en Argentina
Escrito a las 8:58 pm
Mariano Amartino, autor de Denken Über, una de mis lecturas diarias, ha iniciado una serie de entrevistas de dos preguntas acerca del canon a bloggers españoles, con motivo del inicio de hostilidades políticas de cara a su implantación en Argentina. Además de a mí, ha preguntado a Ricardo Galli y a Antonio Ortiz. Las preguntas son:
- En un país donde no existe siquiera el concepto de copia privada ¿es coherente el canon o están tratando de introducirnos un concepto que acá no existe para luego imponerlo?
- ¿Que errores pensás que se cometieron en la lucha contra el canon desde la blogosfera española para que termine siendo aprobado?
Gracias por la oportunidad de aportar algo a este tema, Mariano. Y mucha suerte…
Pero ¿de verdad alguien piensa que está mal bajarse música de la red?
Escrito a las 11:18 pm
Genial (gracias, Julio) ha estado David Pogue en su columna del NYT, “The generational divide in copyright morality“, demostrando una clarísima tendencia: para los jóvenes norteamericanos, ningún comportamiento relacionado con las descargas de la red de materiales sujetos a copyright resulta en modo alguno constitutivo de delito.
En sus conferencias, David desarrolló un interesante experimento: pidió a los asistentes que levantasen la mano cuando considerasen que el comportamiento que describía resultaba delictivo: en un primer intento, la serie planteada era pedir prestado un CD de una biblioteca, grabar ese CD en su ordenador para sustituir un original deteriorado, grabar varios CDs prestados para reemplazar otros que se poseen en vinilo y duplicar un DVD para evitar que se deteriore el original. En la segunda serie, empezaba con grabar en su TiVO una película de HBO, seguía diciendo que su grabador había fallado y se la pedía y copiaba a un amigo que la había grabado, y continuaba diciendo que como no tenía ningún amigo que la hubiese grabado, se iba al videoclub, la alquilaba y la duplicaba. En cada serie, nadie levantaba la mano en el primer ejemplo, pero iban apareciendo algunas manos a medida que avanzaba, lo que permitía a David demostrar que los comportamientos relacionados con el copyright no eran para nada blancos y negros, sino que poseían numerosas gamas de gris.
El experimento, sin embargo, no se torna en significativo hasta que David tiene la oportunidad de desarrollarlo en un instituto: en este caso, ninguno de los comportamientos descritos anteriormente hacen que ninguno de los asistentes tenga la más mínima intención de levantar la mano: es más, le miran con cara de “¿delito? Este tío está loco”. Entonces, David decide llevar el experimento al límite, y pregunta qué ocurre cuando le apetece una película o un disco, decide no pagar por él, y se lo descarga. Y se encuentra, cómo no, con que únicamente se alzan dos manos de un total de quinientas. Incluso descontando un cierto elemento de presión grupal, el resultado es claro, contundente e inequívoco.
Aunque desde el punto de vista de un español la prueba pierde parte de su sentido, dado que ninguno de esos comportamientos supone delito alguno y el mero planteamiento de que pueda serlo resulta casi mojigato, el experimento, planteado en un entorno como el norteamericano, resulta enormemente indicativo: en pocos años, nadie en toda la sociedad, como es lógico, juzgará ese tipo de comportamientos como delictivos. ¿Qué van a hacer entonces la RIAA y sus adláteres? ¿Aplicar electroshock a todo el conjunto de la sociedad?
Artículo sobre el canon en El País
Escrito a las 11:49 am
Este artículo de Ramón Muñoz en El País sobre el canon, “Ataque preventivo a tu bolsillo“, me ha parecido centrado y adecuado, de recomendable lectura. Hablé con Ramón hace un par de días, y recoge en un párrafo algunos de los temas que comentamos, además de reflejar muchas ideas interesantes que se han ido comentando a lo largo de todo el enorme debate - casi diríamos “alarma social” - que el canon ha generado: su carácter indiscriminado, lo absurdo de algunos de sus puntos, la total falta de transparencia en su reparto, la confusión en el supuesto vínculo causal entre canon, copia privada y descargas (legales se produzcan por el medio que se produzcan siempre que no haya ánimo de lucro), el verdadero concepto de “piratería” y el torticero uso del término por parte de las entidades de gestión, la doble imposición a la que somete a determinados bienes, y la no obligatoriedad para el Estado de imponer un canon compensatorio.
En el chat de ABC
Escrito a las 11:47 pm
Estuve con Víctor Domingo en el chat de ABC, donde nos lo pasamos francamente bien (el vídeo da fe de ello :-) contestando un montón de preguntas, unas más seriamente que otras, y hablando con Bárbara Yuste y con Javier Duro, responsables del tema. El resultado, en esta página. Dado el formato y el interés que teníamos por contestar a cuantas más preguntas mejor, no esperéis respuestas de una enorme profundidad conceptual. Pero en fin, hemos estado allí…










