Jurisdicciones y privacidad: efectos colaterales de WikiLeaks

La investigación que el Departamento de Justicia (DoJ) de los Estados Unidos está llevando a cabo sobre las actividades de Julian Assange, en el curso de la cual han solicitado datos a diversos servicios web como Twitter, está dejando una serie de interesantísimos efectos colaterales que ponen de manifiesto la inadecuación de las estructuras territoriales, y particularmente de una tan crucial como la administración de justicia, a la globalidad intrínseca de la red. Un interesante artículo escrito por Laia Reventós y David Alandete en El País, bien documentado y de lectura muy recomendable, analiza el tema sumamente bien.

En primer lugar, es evidente que una empresa radicada en un país determinado está obligada a cumplir la legislación del mismo. Si el DoJ solicita judicialmente a una empresa norteamericana una serie de datos, la empresa está obligada a facilitarlos si no quiere incurrir en un delito. En este sentido, la actuación de Twitter ha sido modélica y admirable, hasta el punto de que algunos analistas piden que su reacción se convierta en el estándar de la industria para manejar este tipo de situaciones: ante la petición de datos, que venía además sellada con una orden de secreto de sumario (gag order) que impedía su comunicación a los implicados, Twitter optó por combatir judicialmente esa orden de secreto de sumario y reclamar su derecho a informar a sus usuarios, con el fin de que pudiesen tener un mínimo margen a la defensa jurídica que evitase una total indefensión. Indefensión que, en cualquier caso, como bien menciona Artemi Rallo en El País, tiene lugar. El sistema, simplemente, no funciona.

En noviembre de 2009, en una fantástica sesión con Nicole Wong y Peter Fleischer, expertos de Google en asesoría jurídica y en privacidad respectivamente, el problema surgió claramente: ante preguntas del público, tuvieron que admitir que en caso de petición judicial del gobierno norteamericano que afectase a la privacidad de un ciudadano extranjero, Google facilitaría los datos de dicho ciudadano, aún sabiendo que hacerlo podría contravenir la legislación de privacidad de su país de origen. Este es, precisamente, el caso que tiene lugar ahora mismo: Birgitta Jónsdóttir, la parlamentaria islandesa cuyos datos solicitó el DoJ a Twitter, no solo está amparada por una legislación europea mucho más garantista que la estadounidense sobre la privacidad, sino que además está sujeta a la inmunidad parlamentaria. Además de tener una postura notablemente militante en el tema que no es exclusivamente suya, sino que resulta ser la doctrina predominante en su país, que hace gala de intentar erigirse en un santuario para la libertad de prensa e información. Si bien la inmunidad parlamentaria podría ser discutible en este contexto debido al uso de recursos personales y no gubernamentales, como bien comenta David Maeztu en el mismo artículo de El País, resulta evidente que el hecho de ser Twitter una empresa radicada en los Estados Unidos está provocando una asimetría entre los derechos de los clientes estadounidenses de la empresa y los extranjeros, una situación de indefensión que el ordenamiento jurídico debe necesariamente corregir.

Que la tecnología provoca disrupción es algo que, a estas alturas, no resulta necesario explicar. Que esa disrupción tenga efecto sobre nuestras garantías jurídicas cuando abrimos una cuenta en un servicio radicado en otro país, es algo que es necesario corregir. Cuando una empresa ofrece servicios a ciudadanos de otros países, se somete a los ordenamientos jurídicos de esos países en los que ofrece esos servicios, lo que da lugar a una paradoja de difícil solución. Hoy, en el Parlamento europeo, un grupo de parlamentarios del grupo liberal defenderán precisamente eso: que el DoJ de los Estados Unidos ha violado la legislación europea al solicitar esos datos. En juego, mucho más que los derechos de una parlamentaria islandesa y un empresario holandés: en juego están cuestiones tan fundamentales como el concepto de fuero y jurisdicción, o las garantías que un ciudadano de un país tiene cuando abre una cuenta en un servicio radicado en otro, algo que todos hacemos con total normalidad todos los días. Decididamente, los efectos colaterales del caso Wikileaks prometen ser sumamente interesantes.

12 comentarios

  • #001
    Enrique Valera - 13 enero 2011 - 10:46

    Muy importante el tema. Me parece interesante el enfoque de la distinción, en el caso de la parlamentaria, de su condición institucional y personal. Acerca del tema publiqué el otro dia mi modesta opinión. http://cuatrogrados.es/braseando/http://cuatrogrados.es/braseando/?p=127

  • #002
    Aurelius - 13 enero 2011 - 11:17

    No es que esté de acuerdo con la actuación del gobierno de Estados Unidos, pero quiero hacer dos comentario en relación con las siguientes afirmaciones pues creo que es importante delimitar bien el problema ..

    Se dice en el texto «en caso de petición judicial del gobierno norteamericano que afectase a la privacidad de un ciudadano extranjero, Google facilitaría los datos de dicho ciudadano, aún sabiendo que hacerlo podría contravenir la legislación de privacidad de su país de origen».
    ¿Por qué tendría que prevalecer la legislación del país de residencia o nacionalidad de un ciudadano sobre la legislación del país de establecimiento del prestador de servicios?. En mi opinión, EEUU tiene todo el derecho a imponer su legislación a un PSI que está establecido en EEUU. Lo mismo hace la Unión Europea. Cuestión distinta es si la para adoptar la medida se requiere la ayuda de las autoridades de Europa o si una vez adoptada una medida se requiere la ayuda de las autoridades europeas para ejecutarla. En tal caso, las autoridades de cualquier pais europeo podrán negarse si consideran que la medida infringe los derechos fundamentales de alguien.

    «resulta evidente que el hecho de ser Twitter una empresa radicada en los Estados Unidos está provocando una asimetría entre los derechos de los clientes estadounidenses de la empresa y los extranjeros, una situación de indefensión que el ordenamiento jurídico debe necesariamente corregir». No lo creo así: desde el punto de vista de EEUU los clientes extranjeros de twitter reciben el mismo tratamiento que los clientes nacionales. Aplicar la legislación de cada país de los clientes extranjeros de twitter resulta, sencillamente, imposible. Además, de hacerlo se produciría una discriminación …. de los clientes estadounidenses por cuanto su legislación en materia de derecho a la intimidad parece mucho más laxa que, por ejemplo, la europea.
    Vivimos en un mundo dividido en Estados. Cada uno de ellos regula de acuerdo con su propio concepto de justicia y sus propios intereses. Contra ello, el resto de estados no puede hacer nada salvo dejar de aplicar, en sus territorios, las decisiones adoptadas en otros países e instar la adopción de convenios internacionales que unifiquen la normativa aplicable.
    «Cuando una empresa ofrece servicios a ciudadanos de otros países, se somete a los ordenamientos jurídicos de esos países en los que ofrece esos servicios, lo que da lugar a una paradoja de difícil solución». Bueno, en Europa lo hemos conseguido solucionar con instrumentos como la directiva de protección de datos personales. Lógicamente, a nivel mundial es mucho más difícil pero, dado el carácter global de Interent, no menos necesario.
    La solicitud del parlamento europeo me parece totalmente infundada: esta señora, voluntariamente, dio sus datos personales a twitter (EEUU) y ahora el DoJ (EEUU) se los solicita. Cuestión distinta sería si la solicitud del DoJ fuera dirigida a un PSI radicado en Europa. En tal caso, la transmisión de esos datos podría ser constitutiva de infracción.
    Felicidades por el blog,
    un abrazo,
    Aurelius

  • #003
    El Pregonero - 13 enero 2011 - 11:29

    El Pregonero: RUMORES.

    Ante la evidencia de que una empresa radicada en un país determinado está obligada a cumplir la legislación del mismo. La tendencia venidera parece ser la siguiente:

    Dada la existencia de «Paraísos Fiscales», pronto estarán de moda los países los llamados «Paraísos de Internet».

    El boca a boca dice que hay gente que pone la excusa de que tienen «un primo» en los nuevos países tiene sus fronteras limitando con Rusia y China. Aunque otras bocas dicen que son «Gestorías o Despachos» que son iguales o parecidos a los de los Paraísos Fiscales que gestionan el dinero; pero que, en este caso, solo se ocupan de Gestionar «Sites de Internet».

    Repetimos son solo, rumores y habladurías.
    Se habla mucho de los siguientes países:

    ETIOPIA, CAMBOYA, ARGELIA, IRAK, IRAN… ?????

    Seguiremos informando y ampliando la noticia, que por ahora es solo un rumor.

    PD.
    Ante esta noticia,»El Pregonero» aconsejo a los sitios que la publiquen que la contrasten y la amplíen con otras fuentes de información. ¡Busquen en Internet!
    Asimismo agradece cualquier comentario y mejora a la noticia que sera ampliada y publicada próximamente.

  • #004
    marcis - 13 enero 2011 - 12:29

    No soy un experto en leyes, pero:

    1. No creo que la parlamentaria islandesa sea extraditada a EEUU (aunque está claro que se han violado sus derechos)
    2. Si twitter ha cometido alguna infracción, que el Gobierno islandés lo «penalice» como corresponda… no?

    Un saludo

  • #005
    diego - 13 enero 2011 - 13:12

    yo la verdad que no lo veo tan raro…
    …la renuncia al fuero está a la orden del día, y no sólo en ordenamientos de países terceros, sino dentro del propio estado
    ¿acaso nunca habeis firmado un contrato-masa que o lo firmas o te quedas sin servicio, donde pone claramente que renuncias a tu fuero y te sometes a la jurisdicción de donde quiera el proveedor?
    No sé donde tendré el contrato del movil o el que firmo cuando abro una cuenta bancaria, pero a lo mejor es hora de revisar la letra pequeña.

    No nos olvidemos que hay leyes generales, pero cada CCAA tienes sus leyes y derechos particulares.

    Lo que pasa es que no quedan más cojones que firmar si quieres el servicio (o hacer click en el mundo digital), por lo que el problema no viene por internet ni por twiter ni por USA, sino por las grandes corporaciones con las que el ciudadano individual no tiene poder de negociación (y quizás ahí es donde tendría que entrar el estado)

  • #006

    Los problemas de jurisdicción son uno de los principales retos a los que se enfrenta Internet. En un mundo globalizado, donde la tecnología carece de fronteras, aquellas normas basadas en el territorio en el que se ha producido determinada conducta están condenadas al fracaso. Se hace necesario un tratado internacional que, al igual que ocurrió en su día con el derecho marítimo internacional, permita que tanto empresas como usuarios podamos disfrutar tranquilos de las bondades de las nuevas tecnologías. En materia de privacidad, las autoridades de control han dado un paso adelante y han preparado una propuesta de Estándares Internacionales que podéis ver aquí. Esperemos que esta iniciativa, y otras que se llevan a cabo en la misma línea, lleguen a buen puerto.

    Un saludo

  • #007
    Gorki - 13 enero 2011 - 16:58

    Como bien dice Enrique, Internet «pone en juego están cuestiones tan fundamentales como el concepto de fuero y jurisdicción». Es evidente que las leyes tienen solo vigencia en un territorio y que por lo tanto no tienen validez fuera del territorio. Al estar Internet en una situación aterritorial es difícil hacer que se cumpla en la práctica lo que dicen las leyes.

    Ejemplos prácticos:

    ¿Puede el Parlamento Catalán obligar a rotular en catalán a las tiendas ON.LINE?, pues si, solo si la dirección legal de la tienda radica en Cataluña, lo cual es del todo ridículo, pues nada indica que por ello pretenda vender a clientes catalanes, a los que se supone que esa ley pretende proteger.

    En Dinamarca hay libertad religiosa, por tanto se pueden hacer comics humorísticos con la figura de Mahoma, en cambio en Iran el antisemitismo no está penado, por tanto se puede predicar la expulsión de los judíos de Israel. En España no esta prohibido criticar a los Hermanos Castro, y en Cuba ponen en la red el Manual de la Guerrilla de el Che Guevara.

    Un país no pueden evitar que sus ciudadanos vean webs en Internet con contenidos prohibidos en su país, pese a que vulneren temas penados en su país como es el Antisemitismo, la falta de respeto por la religión Islámica, la apología del terrorismo, o la critica a las autoridades. Claro está que mediante sistemas represores desproporcionados, se puede controlar la difusión de determinados contenidos en un país.

    Como algún coto habrá que poner a lo que se puede hacer en internet, se necesita como indica #6 Audens Abogados de Nuevas Tecnologías, hace falta algún un tratado internacional, pactado entre «todos los estados del mundo», parecidos al Derecho Marítimo o los acuerdos de comercio.

    En mi opinión, ese acuerdo se alcanzará para resolver los problemas derivados de las transacciones económicas por Internet y sobtre todo a partir del uso de dinero digital, pues en lo único que todos los estados se ponen de acuerdo, es para poner tasas e impuesto.

    Cuando haya que decidir que país recauda los IVAS de las facturaciones de bienes digitales pagados con PayPal, si el estado donde radica la empresa que comercializa el servicio, o donde está el servidor, o de donde es el proveedor del servicio, o donde radica la empresa del medio de pago, o el país del cliente, tendrán que llegar un tratado internacional y lo har´ñan porque todos querran cobrar suss IVAS.
    También llegarán a un acuerdo cuando comience el despegue de los teletrabajadores y quieran aplicar IRPF y SS a las nómimas de los teletrabajadores y haya que decidir si se cobran en el país donde está el empleado, donde esta el servidor que recoge ese trabajo, o en donde radica la razón social de la empresa empleadora.

    Como esto es inminente, pronto veremos ese acuerdo internacional. Sobre ese germen inicial, se irán poco a poco añadiendo las demás normas reguladoras, hasta que en Internet no quede un resquicio de libertad. Entonces habrá que inventar otra cosa, pero por ese camino habremos llegado al gobierno mundial.

  • #008
    José Lorenzo Ortega - 13 enero 2011 - 20:55

    Y a raíz de todo esto ¿qué pasa con las empresas que ponen sus datos en la nube?. Sus correos, documentos privados, contactos… En caso de tener un litigio con una empresa americana que los demande, ¿quién garantiza que el juez no permita el acceso a sus datos?. La relación judicial sería totalmente asimétrica. No pasa nada cuando ponemos datos irrelevantes, fotos, pero ¿datos críticos?

  • #009
    Español del Montón - 14 enero 2011 - 14:19

    #8 José Lorezno Ortega.

    ME LLAMO: Pepe Peréz del Pez.
    VIVO EN: Plaza de la Lealtad S/N
    DP: 28.014
    MI EDAD: 17 años, menor de edad.

    Mis estudios: Relacionados con la Informática.
    Mis aficiones: Música, Cine, Etc.

    -¿Te lo crees?
    -¿Piensas que voy a poner mis datos personales aquí?

    -¿Saben donde estoy?
    -Pues claro.
    -¿Cómo?
    -Pues una IP es como un número de Teléfono, según el número saben la zona o distrito donde vivo.

    -¿Como se yo que lo saben?
    -Facil, me mandan publicidad o Spam diciendo que hay una chica, cuya foto veo, que quiere conocerme y entablar algún tipo de relación conmigo. Si fuera chica, pues al revés.

    -¿Quien sabe quien realmente soy?
    -Pues mi operadora a la que mis padres mandan el recibo mensual.
    -¿Saben que soy yo?
    -No, lo adivinan por mi perfil: Los sitios que visito lo que hago, Etc.
    -Puedo hacer algo para cambiar las cosas.
    -Poco. Tener un buen antivirus y pasar frecuentemente el CCleaner para quitar cosas que se cuelan en el ordenador, a pesar del antivirus; y a las que, sin saber, he dado permiso.

    En fin, vaya si el tema era otro…
    -¿No has leído los consejos de los sitios que permiten guardar cosas en «La Nube»?
    -Una forma de hacer la pelota:
    Las personas que ponen sus datos personales en la red son VALIENTES y además son FRANCAS y NOBLES. Su inteligencia es superior ya que todos los DATOS, NÚMEROS y CLAVES de sus CUENTAS y TARJETAS BANCARIAS los tienen en «LA NUBE».
    ¡La Picaresca Española se lo agradece infinitamente!

    ¿ALGUIEN TIENE UN PRIMO ASÍ?

    Saludos.

  • #010
    José Lorenzo Ortega - 15 enero 2011 - 01:02

    #9 Español del montón. Por supuesto que todos nuestros datos están en la nube. Lo que digo es que nivel empresarial hay que valorar donde está esa nube. No es lo mismo que esté sobre Albacete (o sea, nuestra jurisdicción), que sobre Arkansas (jurisdicción del primo americano). Se habla mucho de las bondades de eliminar los departamentos de informática propios, o dejarlos reducidos al mínimo, para poner nuestros datos arriba, pero se habla muy poco de las implicaciones jurídicas de esto, más cuando hablamos de servidores localizados en otros países. Y podríamos hablar a nivel local, ¿qué pasa si vivo en Canarias pero mi tienda virtual se aloja en un servidor de Tarragona?. ¿Se me aplican las leyes particulares de Cataluña?, ¿Las Canarias?, ¿Tengo que traducir al catalán mis páginas del comercio?. Me imagino que todo esto está todavía por legislar de forma clara.
    Saludos

  • #011
    Tecnico | informatica online - 15 enero 2011 - 01:20

    No estoy del todo seguro si un país ajeno a las leyes de otro sería extraditado, esto es algo un poco mas complejo

  • #012
    Diego Parrilla - 18 enero 2011 - 16:11

    Muy bueno Enrique. Creo que estamos a empezando a rascar la superficie de un problema que traspasa el ámbito de los derechos individuos para pasar al de la competencia entre empresas.

    Vamos… que hay mucho dinero en juego.

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