El gobierno sacó ayer a toda prisa este argumentario sobre la supuesta “tutela judicial” y “naturaleza garantista” de la Ley Sinde. El argumentario se ha incorporado también a la portada de la página del PSOE. Vamos a diseccionarlo un poco y a desmontar las MENTIRAS en las que deliberadamente incurre:
Empecemos por el título, ese en el que se afirma que “el gobierno no podrá cerrar webs sin previa autorización judicial”. El título ya es maniqueo y falso. Pero dejémonos de interpretaciones y documentemos esta afirmación: vayamos al documento A060-01 presentado en el Congreso, a su página 56, Art. 158, Párrafo 4º.
4. Corresponde a la Sección Segunda el ejercicio de las funciones previstas en los artículos 8, 11 y concordantes de la Ley 34/2002, para la salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual frente a su vulneración por los responsables de servicios de la sociedad de información. Reglamentariamente se determinarán la composición y funcionamiento de la Sección y el procedimiento para el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas. Lo dispuesto en este apartado se entiende sin perjuicio de las acciones civiles o penales que, en su caso, pudieran corresponder a los titulares de los derechos de propiedad intelectual.
Ese texto no ha sido objeto de enmiendas. ¿Qué dice? Simplemente, que la supuesta “garantía judicial” del proceso es una patraña. La Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual estará compuesta por quien ellos digan, por lo que el Gobierno podrá imponer a la comisión lo que le interese. El Gobierno hará el reglamento, decidirá quién lo compone y el procedimiento legal de cómo es la denuncia y posterior tramitación de la misma.
Realmente, la figura del juez en la Ley Sinde funciona de la siguiente manera: llega la Comisión, llama a la puerta del despacho del juez, y cuando este dice “adelante”, se dan la vuelta, diciendo “ya te dije yo que diría que adelante”, y cierran las páginas web que estimen oportunas.
Pero vamos más allá: Citando textualmente el panfleto del Gobierno,
Para poder eliminar los contenidos ilegales de una web la disposición final segunda del Proyecto de Ley de Economía Sostenible establece un procedimiento mixto ágil y que garantice al máximo los derechos fundamentales. Este procedimiento mixto se articulará a través de la Comisión de Propiedad Intelectual y del sistema judicial español.”
Contenidos… ¿ilegales? Muéstreme un juez que diga que los contenidos son ilegales, porque por el momento no han podido encontrar todavía ninguno (y en su caso, serían como mucho “presuntamente ilegales”, digo yo). Además, este “procedimiento mixto y ágil” vulnera claramente el derecho a la tutela judicial efectiva, al retirar a los jueces la potestad de ser ellos quienes deciden si hay vulneración de la propiedad intelectual y dejar esa decisión, que es nuclear, a la administración pública. La decisión la tomará no un representante de la Justicia, sino una parte interesada, que es la administración pública.
Dice la LES: reglamentariamente se determinarán la composición y funcionamiento de la Sección y el procedimiento para el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas. la LES no obliga a que el expediente pase ante un Juez, sino que, literalmente:
La ejecución de estos actos, en cuanto pueden afectar alos derechos y libertades garantizados en el artículo 20 de la Constitución, requerirá de la previa autorización judicial, de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 122 bis de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.”
No hay lo que se denomina técnicamente “reserva de ley”, sino que el procedimiento vendrá dictado por el reglamento, tema del que emergen todos los miedos. Es exactamente la famosa cita del Conde de Romanones: “haga usted la ley y déjeme a mí el reglamento”. En la práctica, puede pasar con este texto lo que pasó con el canon de los discos duros: la ley decía que los discos duros estarían exentos de canon en los términos que se decretara reglamentariamente, pero posteriormente el reglamento dijo que casi todos estaban sujetos.
Vamos con otro fragmento del texto:
La ejecución de estos actos, en cuanto pueden afectar a los derechos y libertades garantizados en el artículo 20 de la Constitución, requerirá de la previa autorización judicial”
Habla de la “ejecución de estos actos” (medidas para que se interrumpa la prestación de un servicio de la sociedad de la información o para retirar los contenidos) por lo que en el plazo de cuatro días, ¿puede prepararse una defensa contra una acusación que lo mismo lleva 2 años estudiando la web? Se trata de un clarísimo caso de matonismo procesal contra la defensa. En cuatro días resulta de todo punto imposible obtener, por ejemplo, un informe pericial mínimamente serio, más aún preparar una argumentación y una defensa.
Como podemos ver, la “Ley Sinde” no solo está mal concebida, sino que plantea un escenario pavoroso: falta de garantías, poder omnímodo entregado a una comisión dependiente del Ministerio de Cultura (perdón… “Ministerio de Industria Cultural”, sí ese cuya Ministra pertenece a la misma industria ye stá encausada por evidentes incompatibilidades), e indefensión del acusado. Toda una joya, un auténtico liberticidio en toda regla.
Que los ocho diputados de la Comisión no digan que no lo sabían.







21.12.2010 a las 12:55 Permalink
[...] Las MENTIRAS del informe del gobierno » El Blog de Enrique Dans. [...]
21.12.2010 a las 13:03 Permalink
[...] – Las mentiras del informe del gobierno, por Enrique Dans [...]
21.12.2010 a las 14:39 Permalink
[...] PD 21 dic-2010: El gobierno contraataca con una guerra de intoxicación: Las MENTIRAS del informe del gobierno [...]
21.12.2010 a las 15:40 Permalink
[...] Ir a anotación original [...]
21.12.2010 a las 16:49 Permalink
[...] Un d’os aspectos que mas ha trucau o ficacio d’a chent que ha feito debantar-se en armas a os internautas ye a posibilidat que una comision creyada “de expertos” pueda dicir que cal trancar una u atra web. Dimpues ixo si, estaria l’Audiencia Nacional espanyola la que decidiria, pero como esplanicaba Enrique Dans nomas ta dotar de bella legalidat a l’aicion d’ixa comision. [...]
21.12.2010 a las 17:11 Permalink
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21.12.2010 a las 20:09 Permalink
[...] qué dicha ley debe ser combatida ha sido mucho mejor explicado en otros lugares como el blog de Enrique Dans, el Teleoperador o Escolar entre otros, con lo cual pasaré a argumentar por qué se trata de una [...]
21.12.2010 a las 20:49 Permalink
[...] El per què aquesta llei ha d’ésser combatuda ho han argumentat molt millor blogs com el de Enrique Dans, el Teleoperador o Escolar entre d’altres, per tant prefereixo argumentar per què es tracta [...]
21.12.2010 a las 21:08 Permalink
[...] movilizaciones y en una medida desesperada, el Gobierno diseñó el siguiente argumentario, del que Enrique Dans ha hecho un excelente análisis, por lo que no voy a redoblar esfuerzos y comentarlo. El ataque del [...]
22.12.2010 a las 01:06 Permalink
[...] Por eso, creo que la siguiente lista, que me he permitido llamar La Lista de Sinde, creo que sigue t…. Esta lista contiene todas las direcciones de correo electrónico de los miembros del Congreso de los Diputados, direcciones web y blog y algunas cuentas de correos personales que están publicadas en la propia web del Congreso de los Diputados, por lo que a todos los efectos es información pública que se muestra de forma ordenada para mejorar su uso. [...]
22.12.2010 a las 03:30 Permalink
[...] movilizaciones y en una medida desesperada, el Gobierno diseñó el siguiente argumentario, del que Enrique Dans ha hecho un excelente análisis, por lo que no voy a redoblar esfuerzos y comentarlo. El ataque del [...]
22.12.2010 a las 09:02 Permalink
[...] censuren la red, que otros decidan por nosotros a qué contenidos podemos acceder y a cuáles no. La #leysinde son mentiras del gobierno. Muchas mentiras, demasiadas [...]
23.12.2010 a las 19:05 Permalink
[...] llevar a la dimisión de su proponente (y no, por más que nos mientan, los jueces no deciden). Si quieres crear una oferta atractiva, ponle un precio disuasoriamente bajo, hazla agradable, [...]
23.12.2010 a las 22:46 Permalink
[...] barbaridad que debería llevar a la dimisión de su proponente (y no, por más que nos mientan, los jueces no deciden). Si quieres crear una oferta atractiva, ponle un precio disuasoriamente bajo, hazla agradable, [...]
26.12.2010 a las 14:46 Permalink
[...] enlaces sobre la ley Sinde: – Las MENTIRAS del informe del gobierno – Enrique Dans. La supuesta aprobación por la Audiencia Nacional sólo es un paripé, el [...]
26.12.2010 a las 21:56 Permalink
[...] El caso español esta relacionado a la lucha contra la “piratería”, campaña impulsada por fuertes lobbies empresariales en España, así como presiones desde el extranjero. La enmienda, conocida como “Ley Sinde” para cerrar páginas web de descargas fue insertada para permitir que un Comite proceda a esto por via administrativa y no judicial debido a los continuos fracasos para lograr ello. Enrique Dans tiene un buen muestrario de las falacias y mitos creados por el Gobierno para justicar el cierre de “páginas web ilegales“. [...]
05.01.2011 a las 15:38 Permalink
[...] una barbaridad que debería llevar a la dimisión de su proponente (y no, por más que nos mientan, los jueces no deciden). Si quieres crear una oferta atractiva, ponle un precio disuasoriamente bajo, hazla agradable, [...]
25.12.2012 a las 23:53 Permalink
[...] El caso español esta relacionado a la lucha contra la “piratería”, campaña impulsada por fuertes lobbies empresariales en España, así como presiones desde el extranjero. La enmienda, conocida como “[wikipop language="es"]Ley Sinde[/wikipop]” para cerrar páginas web de descargas fue insertada para permitir que un Comite proceda a esto por via administrativa y no judicial debido a los continuos fracasos para lograr ello. Enrique Dans tiene un buen muestrario de las falacias y mitos creados por el Gobierno para justicar el cierre de “páginas web ilegales“. [...]