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	<title>Comentarios en: Dilbert y el blogging corporativo</title>
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	<description>InvestigaciÃ³n y opiniÃ³n acerca de los Sistemas y TecnologÃ­as de InformaciÃ³n</description>
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		<title>Por: Alfonso</title>
		<link>http://www.enriquedans.com/2007/04/dilbert-y-el-blogging-corporativo.html#comment-35399</link>
		<dc:creator>Alfonso</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 08 May 2007 10:05:01 +0000</pubDate>
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		<description>Hola Tolmos:
Por tus comentarios parecer&#237;a que el debate sobre si la referencia de este blog a las tiras de Scott Adams (y por extensi&#243;n, de hechos similares) se considera cubierta por el derecho de cita que recoge la ley estar&#237;a supeditado a el grado en que el blog de Enrique Dans pueda considerarse que tiene fin docente o de investigaci&#243;n. Extraigo literalmente de tu comentario:

&quot;Tal utilizaci&#243;n s&#243;lo podr&#225; realizarse con fines docentes o de investigaci&#243;n, en la medida justificada por el fin de esa incorporaci&#243;n e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada.&quot;</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Tolmos:<br />
Por tus comentarios parecer&iacute;a que el debate sobre si la referencia de este blog a las tiras de Scott Adams (y por extensi&oacute;n, de hechos similares) se considera cubierta por el derecho de cita que recoge la ley estar&iacute;a supeditado a el grado en que el blog de Enrique Dans pueda considerarse que tiene fin docente o de investigaci&oacute;n. Extraigo literalmente de tu comentario:</p>
<p>&#8220;Tal utilizaci&oacute;n s&oacute;lo podr&aacute; realizarse con fines docentes o de investigaci&oacute;n, en la medida justificada por el fin de esa incorporaci&oacute;n e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada.&#8221;</p>
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		<title>Por: Tolmos</title>
		<link>http://www.enriquedans.com/2007/04/dilbert-y-el-blogging-corporativo.html#comment-35243</link>
		<dc:creator>Tolmos</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 06 May 2007 18:42:15 +0000</pubDate>
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		<description>Alfonso,
disculpa acabo de ver tu comentario, el art&#237;culo est&#225; puesto porque este blog no est&#225; en el marco de la docencia, un tema es que el IE le permita y anime a ED este blog, tal y como &#233;l dice y otra cosa es que se encuentre este blog en un &quot;entorno acad&#233;mico&quot; (aunque sea profesor). Sencillamente es eso. Esto no es un blog corporativo del IE, o al menos no se recogen referencias de que nos encontremos dentro del IE. No creo que este blog sea tampoco de investigaci&#243;n acad&#233;mica, aunque si es muy fresco y din&#225;mico adem&#225;s de tener puntos de vista sobre temas interesantes, donde los propios comentaristas incluso tienen reflexiones y datos de gran inter&#233;s.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Alfonso,<br />
disculpa acabo de ver tu comentario, el art&iacute;culo est&aacute; puesto porque este blog no est&aacute; en el marco de la docencia, un tema es que el IE le permita y anime a ED este blog, tal y como &eacute;l dice y otra cosa es que se encuentre este blog en un &#8220;entorno acad&eacute;mico&#8221; (aunque sea profesor). Sencillamente es eso. Esto no es un blog corporativo del IE, o al menos no se recogen referencias de que nos encontremos dentro del IE. No creo que este blog sea tampoco de investigaci&oacute;n acad&eacute;mica, aunque si es muy fresco y din&aacute;mico adem&aacute;s de tener puntos de vista sobre temas interesantes, donde los propios comentaristas incluso tienen reflexiones y datos de gran inter&eacute;s.</p>
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		<title>Por: Alfonso</title>
		<link>http://www.enriquedans.com/2007/04/dilbert-y-el-blogging-corporativo.html#comment-34758</link>
		<dc:creator>Alfonso</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 01 May 2007 17:04:21 +0000</pubDate>
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		<description>Tolmos, reproduces el art&#237;culo sobre el derecho de cita pero no explicas por qu&#233; consideras que no se ajusta a este caso concreto. Puede ser:
a) Por que la obra no hubiera sido divulgada con anterioridad (est&#225; en el sitio web del autor y en multitud de blogs)
b) Porque consideres que el uso que se le da no tiene relaci&#243;n con la ense&#241;anza o la investigaci&#243;n (EDans es profesor y este es un blog de investigaci&#243;n sobre la Web2.0 entre otros temas)
c) Que haya intereses comerciales de por medio (Ah&#237; no entro)
d) Que no se cumplan los criterios necesarios para una cita (especificar el origen y el autor, etc)
e) &#191;Otros?</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Tolmos, reproduces el art&iacute;culo sobre el derecho de cita pero no explicas por qu&eacute; consideras que no se ajusta a este caso concreto. Puede ser:<br />
a) Por que la obra no hubiera sido divulgada con anterioridad (est&aacute; en el sitio web del autor y en multitud de blogs)<br />
b) Porque consideres que el uso que se le da no tiene relaci&oacute;n con la ense&ntilde;anza o la investigaci&oacute;n (EDans es profesor y este es un blog de investigaci&oacute;n sobre la Web2.0 entre otros temas)<br />
c) Que haya intereses comerciales de por medio (Ah&iacute; no entro)<br />
d) Que no se cumplan los criterios necesarios para una cita (especificar el origen y el autor, etc)<br />
e) &iquest;Otros?</p>
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		<title>Por: Enlaces (30 de abril 2007) - socialmedia.es</title>
		<link>http://www.enriquedans.com/2007/04/dilbert-y-el-blogging-corporativo.html#comment-34642</link>
		<dc:creator>Enlaces (30 de abril 2007) - socialmedia.es</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Apr 2007 01:05:48 +0000</pubDate>
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		<description>[...] Dilbert y el Bloggin coporativo, Enrique Dans [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] Dilbert y el Bloggin coporativo, Enrique Dans [...]</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Enlaces (26 de abril 2007) - socialmedia.es</title>
		<link>http://www.enriquedans.com/2007/04/dilbert-y-el-blogging-corporativo.html#comment-34641</link>
		<dc:creator>Enlaces (26 de abril 2007) - socialmedia.es</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Apr 2007 01:03:16 +0000</pubDate>
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		<description>[...] Dilbert y el blogging corporativo, Enrique Dans [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] Dilbert y el blogging corporativo, Enrique Dans [...]</p>
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	<item>
		<title>Por: Tolmos</title>
		<link>http://www.enriquedans.com/2007/04/dilbert-y-el-blogging-corporativo.html#comment-34484</link>
		<dc:creator>Tolmos</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 27 Apr 2007 23:10:37 +0000</pubDate>
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		<description>antoni,

Lo has bordado, donde el director General que sin duda es el comercial numero 1. La cuesti&#243;n es saber si es un tema de mentalidad o de falta de tiempo para gestionar el Director General su propio Blog. En mi opini&#243;n depende de la magnitud de la empresa, , es a veces tambi&#233;n director comercial...etc, pero otras veces, la estructura est&#225; tan departamental que el director comercial se ver&#237;a solapado....</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>antoni,</p>
<p>Lo has bordado, donde el director General que sin duda es el comercial numero 1. La cuesti&oacute;n es saber si es un tema de mentalidad o de falta de tiempo para gestionar el Director General su propio Blog. En mi opini&oacute;n depende de la magnitud de la empresa, , es a veces tambi&eacute;n director comercial&#8230;etc, pero otras veces, la estructura est&aacute; tan departamental que el director comercial se ver&iacute;a solapado&#8230;.</p>
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	<item>
		<title>Por: antoni</title>
		<link>http://www.enriquedans.com/2007/04/dilbert-y-el-blogging-corporativo.html#comment-34479</link>
		<dc:creator>antoni</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 27 Apr 2007 20:59:36 +0000</pubDate>
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		<description>Un director general es el nexo de uni&#243;n a m&#225;s alto nivel entre la realidad interna de la empresa y la externa. Es el que marca el estilo y el caracter de una empresa y a la vez el comercial numero 1. Google, por su buscador donde muchos nos lanzamos a confirmar informaci&#243;n o a buscarla, se convierte en un escaparate de &quot;target de oportunidad&quot; de primera magnitud. Y los blogs, por la calidad de &quot;dialogo&quot; que suponen, un instrumento formidable. Y si adem&#225;s, como se suele decir, al explicarle algo a alguien lo entiendes t&#250; mismo, pues que deciros, tener un blog parece de lo m&#225;s recomendable.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Un director general es el nexo de uni&oacute;n a m&aacute;s alto nivel entre la realidad interna de la empresa y la externa. Es el que marca el estilo y el caracter de una empresa y a la vez el comercial numero 1. Google, por su buscador donde muchos nos lanzamos a confirmar informaci&oacute;n o a buscarla, se convierte en un escaparate de &#8220;target de oportunidad&#8221; de primera magnitud. Y los blogs, por la calidad de &#8220;dialogo&#8221; que suponen, un instrumento formidable. Y si adem&aacute;s, como se suele decir, al explicarle algo a alguien lo entiendes t&uacute; mismo, pues que deciros, tener un blog parece de lo m&aacute;s recomendable.</p>
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	<item>
		<title>Por: Manu</title>
		<link>http://www.enriquedans.com/2007/04/dilbert-y-el-blogging-corporativo.html#comment-34472</link>
		<dc:creator>Manu</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 27 Apr 2007 18:12:28 +0000</pubDate>
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		<description>El director general no deber&#237;a escribir el blog corporativo, pero s&#237; leerlo cada d&#237;a para tomarle el pulso a su empresa, sus clientes y a sus empleados. Cada empresa deber&#237;a tener un empleado formado para ello, que:
1. Conociese la empresa y buscase respuestas para los clientes
2. Est&#233; formado en Blogs.

http://www.pujamos.com</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>El director general no deber&iacute;a escribir el blog corporativo, pero s&iacute; leerlo cada d&iacute;a para tomarle el pulso a su empresa, sus clientes y a sus empleados. Cada empresa deber&iacute;a tener un empleado formado para ello, que:<br />
1. Conociese la empresa y buscase respuestas para los clientes<br />
2. Est&eacute; formado en Blogs.</p>
<p><a href="http://www.pujamos.com" rel="nofollow">http://www.pujamos.com</a></p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Tolmos</title>
		<link>http://www.enriquedans.com/2007/04/dilbert-y-el-blogging-corporativo.html#comment-34436</link>
		<dc:creator>Tolmos</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 27 Apr 2007 11:37:29 +0000</pubDate>
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		<description></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>jftamames,</p>
<p>ANTE TODO PERDONAD EL CHORIZO.</p>
<p>OK, es cierto que es espinoso, la norma es la norma y el derecho de cita pues es como est&aacute; escrito el tema no es la reverencia en s&iacute;, porque no est&aacute; recogido en ninguna norma, sino que en aras a la legislaci&oacute;n vigente, uno puede limitar los derechos de uso y explotaci&oacute;n de sus contenidos, por ese motivo existe el (c), el llamado copyleft (c invertida), creativecommons, en definitiva un (c) flexible, adem&aacute;s de las frases t&iacute;picas, Todos los derechos reservados o No todos los derechos reservados&#8230;etc, etc, etc&#8230;.<br />
Particularmente, los avisos legales son infumables y con la propia legislaci&oacute;n de facto es suficiente, sin embargo, como ya sabes uno es autor desde que crea su obra y no tiene porqu&eacute; registrarla, pero por qu&eacute; se registra? para crear pruebas. Como digo, todo es voluntario y las cla&uacute;sulas abusivas son denunciables si no se ajustan a derecho&#8230; por lo que la reverencia al pueblo de tu suegro, m&aacute;s que nada ser&iacute;a una buena forma de dar tr&aacute;fico al portal, por la curiosidad del tema , pero sin efectos legales.<br />
Y respecto a los que opinan que es ajustable el derecho de cita, pues yo tengo mis discrepancias de acuerdo a la reforma de julio de 2006:</p>
<p>LEY 23/2006, de 7 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.</p>
<p>El art&iacute;culo 32 queda redactado del siguiente<br />
modo:<br />
Ã?Â«Art&iacute;culo 32. Cita e ilustraci&oacute;n de la ense&ntilde;anza.<br />
1. Es l&iacute;cita la inclusi&oacute;n en una obra propia de<br />
fragmentos de otras ajenas de naturaleza escrita,sonora o audiovisual, as&iacute; como la de obras aisladas de car&aacute;cter pl&aacute;stico o fotogr&aacute;fico figurativo, siempre que se trate de obras ya divulgadas y su inclusi&oacute;n se realice a t&iacute;tulo de cita o para su an&aacute;lisis, comentario<br />
o juicio cr&iacute;tico. Tal utilizaci&oacute;n s&oacute;lo podr&aacute; realizarse con fines docentes o de investigaci&oacute;n, en la medida justificada por el fin de esa incorporaci&oacute;n e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada.<br />
Las recopilaciones peri&oacute;dicas efectuadas en forma de rese&ntilde;as o revista de prensa tendr&aacute;n la consideraci&oacute;n de citas. No obstante, cuando se realicen recopilaciones de art&iacute;culos period&iacute;sticos que consistan b&aacute;sicamente en su mera reproducci&oacute;n y dicha actividad se realice con fines comerciales, el autor que no se haya opuesto expresamente tendr&aacute; derecho a percibir una remuneraci&oacute;n equitativa. En caso de oposici&oacute;n expresa del autor, dicha actividad no<br />
se entender&aacute; amparada por este l&iacute;mite.</p>
<p>Imagino que est&aacute;is al corriente del titular de ayer por EFE: Las empresas de seguimiento de informaci&oacute;n pagan por primera vez derechos de autor</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Comer, hablar, amar</title>
		<link>http://www.enriquedans.com/2007/04/dilbert-y-el-blogging-corporativo.html#comment-34431</link>
		<dc:creator>Comer, hablar, amar</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 27 Apr 2007 10:13:17 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.enriquedans.com/2007/04/dilbert-y-el-blogging-corporativo.html#comment-34431</guid>
		<description>Basta con el derecho de cita para obviar la mayor parte de estos problemas. &#191;Acaso los que escribieron y publicaron art&#237;culos y art&#237;culos sobre las famosas tiras c&#243;micas danesas que tanto ofendieron a algunos musulmanes pidieron permiso para reproducirlas? La mayor&#237;a, no.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Basta con el derecho de cita para obviar la mayor parte de estos problemas. &iquest;Acaso los que escribieron y publicaron art&iacute;culos y art&iacute;culos sobre las famosas tiras c&oacute;micas danesas que tanto ofendieron a algunos musulmanes pidieron permiso para reproducirlas? La mayor&iacute;a, no.</p>
]]></content:encoded>
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